La Jornada

“Fue correcta” la multa de $702 a trabajador: Consejería Jurídica

“Confesó lisa y llanamente haber instalado una escalera en la banqueta para pintar una fachada”

- MIRNA SERVÍN VEGA

“La aplicación del derecho es la aspiración a la justicia, pero no siempre que se aplica el derecho se llega a la justicia”, reconoció en entrevista Juan Manuel Hernández Martínez, director ejecutivo de Justicia Cívica de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino. Sin embargo, sostuvo que la multa de 702 pesos aplicada a un trabajador por obstrucció­n de la vía pública, y que cobraría 200 por pintar el exterior de una casa, “fue correcta” conforme a la revisión del expediente.

Pedro (el trabajador) “confesó lisa y llanamente haber instalado la escalera en la banqueta, y con estos parámetros el juez determinó la mínima sanción (...) El señor optó por pagar la multa”.

Este diario publicó el lunes pasado que un albañil fue detenido por policías capitalino­s y multado en el juzgado cívico CUH3, por recargar una escalera para pintar la fachada de una casa, de un piso, sobre calzada de Guadalupe, colonia Maza, delegación Cuauhtémoc.

De acuerdo con un cartel co- locado afuera de la barandilla del juzgado, atendido el sábado 15 de abril por la secretaria encargada, Alejandra Elizalde Díaz, la Ley de Justicia Cívica contempla excepcione­s en el pago de multas para jornaleros, obreros, asalariado­s y no asalariado­s con multas no mayores al pago de su jornada diaria o un día de salario mínimo, que equivale a 80.04 pesos.

Sin embargo, Elizalde Díaz decidió imponer una sanción de 11 veces la unidad de medida y actualizac­ión, utilizada en la Ciudad de México, equivalent­e a 73.57 pesos, es decir, una multa de 809.27 pesos, pero se le hizo una reducción de 107.27 pesos, por el tiempo que permaneció en el juzgado cívico CUH3.

No acreditó ser no asalariado

Al respecto, Hernández Martínez, que tomó posesión de este cargo el primero de abril de este año, explicó que para recibir una multa menor, el albañil tendría que haber acreditado que no es un trabajador asalariado. Esto, mediante una credencial expedida por la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo. Además, dijo, el albañil no asentó que era un trabajador no asalariado y que deseaba obtener una reducción de la multa.

Al comentarle al funcionari­o que se pudo testificar presencial­mente que Pedro manifestó su deseo de que lo considerar­an como trabajador no asalariado, respondió:

“En el expediente no hay ninguna manifestac­ión sobre eso. No dudo de lo que me está diciendo, pero no hubo una manifestac­ión escrita en el expediente. Él firmó de conformida­d y por tanto se desprende una aceptación. El expediente es verdad jurídica y nosotros tenemos aquí (en este caso) que se siguió el procedimie­nto conforme a las reglas”, señaló.

Al final, el funcionari­o remarcó que el trabajador sancionado puede iniciar un procedimie­nto en contra de la resolución que emitió la autoridad, aunque durante toda la entrevista reiteró que la actuación de la secretaria del juzgado CUH3 fue la correcta.

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