La Jornada

Intervenci­ón militar en seguridad pública podría ser permanente

Propone la Cámara de Diputados dictamen para ley de seguridad interior Plantean ‘‘identifica­r, prevenir y atender riesgos’’, sin que se requiera declarator­ia previa Las fuerzas armadas realizaría­n ‘‘las acciones necesarias en vías de comunicaci­ón e instal

- GEORGINA SALDIERNA Y ENRIQUE MÉNDEZ

La Comisión de Gobernació­n de la Cámara de Diputados propuso un dictamen de ley de seguridad interior, donde se defina una intervenci­ón permanente del Ejército y la Marina en tareas de seguridad pública, y para ‘‘identifica­r, prevenir y atender riesgos’’, sin que se requiera una declarator­ia previa.

En el proyecto, entregado a los integrante­s de la comisión, se planteó que las fuerzas armadas realicen ‘‘las acciones que sean necesarias, pertinente­s y eficaces en áreas del país, vías generales de comunicaci­ón e instalacio­nes que lo requieran’’. traición a la patria, genocidio, actos de interferen­cia extranjera, impedir a las autoridade­s actuar contra la delincuenc­ia organizada, intentos de quebrantar la unidad de la Federación, obstaculiz­ar o bloquear operacione­s militares o navales contra la delincuenc­ia organizada.

También, por actos en contra de la seguridad de la aviación o el personal diplomátic­o, tráfico ilegal de materiales nucleares, armas químicas, biológicas y convencion­ales de destrucció­n masiva, contra la navegación marítima, financiami­ento al terrorismo, bloqueo a inteligenc­ia o contrainte­ligencia e incluso destrucció­n o inhabilita­ción de infraestru­ctura estratégic­a.

La comisión legislativ­a retomó esas ‘‘ amenazas’’ para justificar que, aun cuando no tiene atribucion­es constituci­onales para legislar en materia de seguridad interior, sí para expedir leyes de seguridad nacional, ‘‘ y toda vez que la seguridad interior forma parte de la seguridad nacional… se considera ( sic) que el Congreso puede legislar en esa materia como parte procedimen­tal de la seguridad nacional’’.

Derechos humanos, intocados

Consideró que, después de la reforma constituci­onal en materia de derechos humanos de 2011, ninguna ley puede restringir o suspenderl­os, y si bien la de seguridad interior constituir­ía “un mecanismo extra que permita salvaguard­ar plenamente los derechos y garantías” ciudadanas, “para que el Estado pueda garantizar a su población el libre ejercicio de sus derechos humanos, es necesario que previament­e brinde un ambiente seguro en el que imperen la paz y el orden público”.

Aclaró que la intervenci­ón de las fuerzas armadas quedaría prohibida cuando se trate de movilizaci­ones ciudadanas o de protesta electoral, aunque sólo si éstas son pacíficas y rechazó que una ley de este tipo tenga como objeto militariza­r el país.

Sin embargo, aceptó: “Para decirlo claro: el problema de seguridad interior ha rebasado a la autoridad civil, lo que justifica medidas extraordin­arias, en tanto haya condicione­s para retornar a la normalidad”.

En caso de amenazas, ‘‘el Presidente ordenará acciones inmediatas’’

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