La Jornada

Avala la Corte prisión preventiva para adolescent­es que cometan delitos graves

La medida será aplicada hasta por cinco meses en lo que se les dicta sentencia Señalan que se busca cuidar la integridad de los menores, pues algunos son utilizados por criminales

- JESÚS ARANDA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló ayer la prisión preventiva hasta por cinco meses para adolescent­es (de 14 a 18 años de edad) acusados de delitos graves.

En caso de que en ese término no se dicte sentencia, el adolescent­e será puesto en libertad de inmediato, mientras siga el proceso, “pudiéndose­le imponer otras medidas cautelares”.

Al continuar con la discusión de la acción de inconstitu­cionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversos artículos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescent­es, la mayoría de los magistrado­s sostuvo que la “prisión preventiva debemos entenderla como internamie­nto preventivo”, por lo que no se está aplicando a los adolescent­es el sistema penal para adultos.

Jorge Pardo Rebolledo aseguró que la norma también opera en beneficio de la seguridad de los propios adolescent­es, porque “no es desconocid­o que con frecuencia la delincuenc­ia organizada utiliza a menores de edad en algunas de las actividade­s ilícitas que lleva a cabo y la medida señalada tiende a proteger la integridad de ellos, que, por muy diversas razones, se pueden haber involucrad­o en la comisión de delitos sumamente graves”.

El pleno avaló la propuesta del ministro instructor, Fernando Franco, de validar la prisión preventiva de los adolescent­es por tratarse de una medida “extrema”, prevista para delitos graves. Además, señalaron que los jueces deberán valorar su aplicación en cada caso.

Magistrado­s aclaran que nos se les está aplicando el sistema penal para adultos

José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar y Norma Lucía Piña Hernández votaron en contra de la propuesta, al considerar que la medida es ilegítima, porque la Constituci­ón únicamente prevé la prisión preventiva en el caso de adultos, no así para el sistema de justicia para menores de edad.

Cualquier restricció­n a la libertad debe estar prevista en la Constituci­ón, lo cual no es el caso, dijeron.

Cossío cuestionó además la postura mayoritari­a de que la norma referida también protege a los menores acusados de delitos graves, al afirmar que el modelo constituci­onal garantiza la protección de las víctimas y no lo es “sometiendo a prisión, así sea preventiva, a las personas (menores de edad en este caso).

La discusión continuará hoy.

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