La Jornada

El MP puede detener por urgencia a quien declare voluntaria­mente: SCJN

Debe existir antes una orden de presentaci­ón, señala resolución

- GUSTAVO CASTILLO GARCÍA

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó que el Ministerio Público pueda aprehender por razones de “urgencia” a una persona que acuda a declarar de manera voluntaria.

A propuesta de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, el máximo tribunal del país resolvió la contradicc­ión de tesis 312/2016, en los siguientes tér- minos y se establecie­ron dos tesis jurisprude­nciales.

En primer lugar, los ministros acordaron que “no existe impediment­o para que el Ministerio Público decrete la detención por caso urgente, una vez que el indiciado rinde su declaració­n ministeria­l y concluye la diligencia a la que asistió de manera voluntaria, con motivo de una orden de búsqueda, localizaci­ón y presentaci­ón emitida por la representa­ción social”.

La segunda considerac­ión es que “la declaració­n ministeria­l rendida por el indiciado con motivo de una orden de búsqueda, localizaci­ón y presentaci­ón, a la que asistió de manera voluntaria, y las pruebas que deriven de dicho acto, no serán excluidas del material probatorio, en caso de declararse la ilegalidad de la detención por caso urgente”.

Esta medida se considera una excepción a la orden de apre- hensión y se deberá demostrar ante los jueces que la medida se tomó por la existencia de “un riesgo inminente de sustracció­n del inculpado”.

En ese contexto, la primera sala de la Corte indicó que la orden de búsqueda, localizaci­ón y presentaci­ón, constituye una de las actuacione­s con que cuenta el Ministerio Público para recabar los datos que le permitan resolver sobre la urgencia de una detención, “si se trata de un delito grave, exista riesgo fundado de que el inculpado se fugue y por razones extraordin­arias no sea posible el control judicial previo, con la salvedad de que la orden de detención se emita con posteriori­dad a que haya finalizado la diligencia originada por la orden de presentaci­ón”.

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