Inicia la SCJN análisis de sistema anticorrupción
Ministros se pronuncian por proteger la seguridad de funcionarios públicos Incluye códigos de ética de interacción Presenta SFP modelo de integridad empresarial
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició ayer la discusión de diversos artículos del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). De entrada, los ministros dejaron claro que aunque las declaraciones patrimoniales y de interes de los funcionarios públicos deben tener este carácter, también debe prevalecer la protección de datos personales y la seguridad de dichos servidores por encima del principio de máxima publicidad.
Al analizar la acción de inconstitucionalidad que presentaron legisladores de minoría de la Cámara de Diputados contra diversos artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como del artículo tercero transitorio párrafo sexto del Decreto de expedición del SNA y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal Con el fin de establecer las bases para que las empresas estén en mejores condiciones de cumplir las nuevas disposiciones legales de combate a la corrupción, la Secretaría de la Función Pública (SFP) presentó el modelo de programa de integridad empresarial, en el cual, entre otros aspectos, se fijan protocolos para denunciar presuntos actos de corrupción, códigos de ética en la interacción entre sector público y privado, así como análisis de riesgos de actos ilícitos.
Arely Gómez, titular de la dependencia, dijo que en el combate a la corrupción no hay panaceas, pues es un fenómeno que requiere y Administrativa, los ministros abordaron por primera vez temas centrales que tienen que ver con las normas que pretenden “consolidar una confianza social respecto de las autoridades” encargadas de combatir la corrupción.
Coincidieron en términos generales en la validez del artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y destacaron que éste “es la norma base del sistema anticorrupción”. El debate se centró en establecer si es legal atribuir al Comité Coordinador del Sistema de Seguridad Pública, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitir los formatos para las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos. ser enfrentado de forma multisectorial, integral y corresponsable. Con la presencia de funcionarios del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, agregó que el país asume el compromiso de combatir ese fenómeno.
El programa de integridad busca que las empresas tengan elementos para cumplir lo que
Una minoría de togados se manifestó contra el proyecto –que propone avalar la norma– por considerar que la elaboración de los formatos debe estar precisada en una ley y no que sea a través de Comités que no están regulados. Sin embargo, difícilmente se juntarán los ocho votos necesarios para invalidar la norma, por lo que se prevé que se mantenga vigente.
En cambio, Arturo Zaldívar apoyó el proyecto elaborado por José Ramón Cossío, al afirmar que sería muy complicado que una ley pudiera establecer los formatos. Al final, indicó, alguien tiene que hacerlos y decir qué es dato personal o vida privada en específico, y esto lo va a establecer el Comité Coordinador. Además, subrayó, es establecen los artículos 21 y 25 de la Ley General de Responsabilidades Administrativos, que estará vigente a partir del 19 de julio, en la cual, empresas y empresarios serán sujetos de responsabilidades por actos de corrupción en los vínculos con el sector público. muy importante que sea a través de un órgano “con una legitimidad ciudadana, como el Comité de Participación Ciudadana”.
Javier Laynez apuntó que la información debe ser pública, siempre y cuando no afecte la vida o integridad del servidor, es decir, dato personal que la identifique directamente o la haga de este modo, además de que no sea necesaria para el seguimiento de su incremento o modificación patrimonial en relación con el salario.