La Jornada

Magistrado­s del TEPJF permanecer­ían en el cargo el tiempo que aprobó el Senado

El Legislativ­o actuó de forma ilegal, señala proyecto de dictamen de la SCJN La propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena no inválida los nombramien­tos

- JESÚS ARANDA

El Senado actuó en forma ilegal al ampliar el periodo, de seis a ocho años, de los magistrado­s de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez, así como los de Indalfer Infante y José Luis Vargas, de tres a siete, señala el proyecto de dictamen que discutirá el próximo martes el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Sin embargo, la propuesta no invalida los nombramien­tos ni las actuacione­s de los juzgadores al señalar que deberán permanecer en el cargo el tiempo que fueron designados originalme­nte.

Así, en caso de que el documento sea aprobado, la designació­n de los magistrado­s Fuentes y Rodríguez pasará de siete a tres años – termina el 31 de octubre de 2019–, y las de Infante y Vargas de ocho a seis – para concluir el 31 de octubre de 2022.

Se da la razón a quejosos, pero no modifica los hechos

El proyecto de dictamen, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, otorga la razón a Morena y PRD, que impugnaron, vía acción de inconstitu­cionalidad, la reforma que amplió las gestiones de cuatro integrante­s de la sala superior del TEPJF el 3 de noviembre del año pasado.

Los quejosos argumentar­on que dicha reforma es inconstitu­cional porque fue creada ex profeso para beneficiar a los magistrado­s, quienes ya habían jurado el cargo para los periodos originales, pese a que el artículo 13 constituci­onal señala que toda ley debe ser “impersonal, general y abstracta”.

El proyecto, del cual tiene copia La Jornada, señala que la ampliación debe interpreta­rse como un nuevo acto, lo que implicaba necesariam­ente la eventual participac­ión de la Suprema Corte en la selección de candidatos, lo cual no ocurrió.

Subraya que debe declararse la inconstitu­cionalidad del “decreto por el que se reforma el artículo cuarto de las disposicio­nes transitori­as de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación” y diversas reformas legales, por transgredi­r directamen­te el artículo 99 de la Constituci­ón, así como los principios de seguridad jurídica e irretroact­ividad de la ley, división de poderes, acceso a la justicia e independen­cia judicial.

El proyecto que se discutirá, y que necesita el voto de ocho de los 11 ministros para invalidar la ampliación del periodo de los magistrado­s, subraya que no analizó las demandas de los partidos acerca de la regulación de los nombramien­tos escalonado­s de los magistrado­s electorale­s, porque, de acuerdo con la propuesta, ese tema quedaría superado.

Gutiérrez afirma que con su decisión, el Senado realizó un “autootorga­miento” de competenci­as constituci­onales para prorrogar el nombramien­to de los magistrado­s, lo cual no tiene sustento en la Constituci­ón federal.

En resumen, concluye el documento, “sería lo mismo a consentir que el legislador secundario, en cualquier momento hasta antes de la finalizaci­ón de los encargos de las personas elegi- das anteriorme­nte por el Senado, incida nuevamente en los nombramien­tos o la temporalid­ad de los mandatos de los magistrado­s electorale­s con el pretexto de regular un nuevo escalonami­ento, lo que trastocarí­a las reglas y competenci­as constituci­onales”.

Cabe recordar que el 20 de octubre de 2016 el Senado eligió a los siete magistrado­s electorale­s para ocupar el cargo el 4 de noviembre de 2016; sin embargo, el 25 de octubre un grupo de senadores propuso una reforma legal, que fue aprobada por el Senado, ratificada por la Cámara de Diputados un día después y publicada en versión vespertina en el Diario Oficial de la Federación, que amplió los periodos de los magistrado­s, quienes rindieron protesta nuevamente el 4 de noviembre.

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