Entrega el INE a partidos documento que prohíbe a dirigentes aparecer en espots
Hoy, análisis en el Comité de Radio y Televisión
El Instituto Nacional Electoral (INE) circuló ayer el anteproyecto de acuerdo que prohíbe a los dirigentes y voceros de partidos políticos que aspiren a un cargo de elección popular, como Andrés Manuel López Obrador, aparecer con ese carácter en espots a partir de septiembre, cuando empieza el proceso electoral.
El documento confirma que tampoco en intercampañas podrán figurar en promocionales de radio y televisión, sólo en precampaña y campaña, pero en su condición de precandidatos y candidatos, respectivamente.
Aunque Morena consideró inconstitucional esta norma, tendrá un impacto menor para 2018 que si se hubiese aprobado antes, porque implica sacar del aire a los dirigentes partidistas en un promedio de tres spots que cada emisora difunda semanalmente a partir de septiembre.
El documento, difundido por La Jornada la semana pasada, se entregó ayer a las representaciones de los partidos políticos ante el Comité de Radio y Televisión, para su análisis en una reunión que tendrá lugar hoy al mediodía.
Morena reiteró que si los consejeros aprueban dichos lineamientos en la sesión del día 28, los impugnará incluso ante organismos internacionales, dado que violan la Constitución. En tanto, PRI y PAN han dicho que llegan tarde, pero permitirán “frenar” la que “abusiva” presencia de López Obrador en la propaganda partidista.
Durante tres años, el tabasqueño apareció en 2 millones 192 mil 500 promocionales, aun- que el panista Ricardo Anaya también suma 1 millón 421 mil, según un estudio del INE.
El anteproyecto del acuerdo del Consejo General por el que se aprueban los lineamientos que regulan los criterios respecto de la aparición de dirigentes en tiempos de radio y televisión, también cita sentencias en la materia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Señala que “cuando se reúna en una misma persona la calidad de dirigente o vocero partidista, o bien, la de aspirante, precandidato o candidato a un cargo de elección popular, según sea el caso, deberán cumplirse ciertas reglas.
La más relevante consiste en que a partir del inicio del proceso electoral y hasta la etapa en que empiecen las precampañas, no podrán figurar o participar con ese carácter o cargo partidista en la propaganda electoral que se difunda en radio y televisión.
Mientras en las campañas, sólo podrán hacerlo como candidatos, siempre que hayan sido registrados ante la autoridad competente y en la propaganda se identifique claramente esa calidad.
En intercampañas también queda prohibida su presencia, a fin de evitar “posicionamiento o ventaja indebida en detrimento de la equidad de la contienda electoral y afectación a la naturaleza genérica de ese tipo de propaganda”. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó para la próxima semana su decisión sobre la constitucionalidad del decreto que amplió el plazo de tres y seis años a siete y ocho años a cuatro magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Ayer, tres ministros se pronunciaron en favor de las modificaciones legales y cuatro por la inconstitucionalidad; faltan cuatro más de fijar postura.
De acuerdo con la ley, se requieren ocho votos para que el pleno invalide el decreto, impugnado por el PRD y Morena, como propone el proyecto de dictamen elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien considera que en este asunto se violó el principio de independencia judicial y el de procedimiento y retroactividad de la ley.
La sesión de ayer fue atípica. Estaban presentes 10 de los 11 integrantes del pleno (Alberto Pérez Dayán está en comisión oficial en el extranjero);, después de que hablaron siete ministros (tres en contra del proyecto y cuatro a favor), el presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, decretó receso de unos minutos e indicó que la intención era votar el asunto el mismo día.
Sin embargo, el descanso duró más de media hora y Aguilar señaló que ya no había tiempo de más intervenciones, que el lunes continuarían la sesión.
José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y Norma Lucía Piña Hernández se pronunciaron por el proyecto con el argumento de que la modificación del plazo es ilegítimo, porque no se siguió el procedimiento previsto en la Constitución, lo que además significa una intromisión externa “que se presta a suspicacias”.