La Jornada

Jueces federales podrán anular medidas cautelares

Acaba Corte con reciente prohibició­n

- JESÚS ARANDA

Los jueces federales podrán suspender las medidas cautelares y técnicas de investigac­ión que impongan sus pares de control, determinó ayer el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en una decisión que termina con la negativa absoluta que prevalecía para el otorgamien­to de esas garantías a los procesados.

Al resolver la acción de inconstitu­cionalidad 62/2016 presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del artículo 128, párrafo tercero de la Ley de Amparo en la parte que dice: “y la ejecución de una técnica de investigac­ión o medida cautelar concedida por la autoridad judicial”, la mayoría se inclinó por validar la norma. El máximo tribunal incluyó una “interpreta­ción conforme” en el sentido de que los jueces deberán analizar caso por caso, la procedenci­a de la medida.

El ministro instructor, Jorge Pardo Rebolledo señaló que “durante muchos años” los jueces de amparo no concedían suspension­es contra la integració­n de averiguaci­ones previas o las actuacione­s del Ministerio Público para poder determinar si se ejercía la acción penal o no. Posteriorm­ente, se mezclaban dos temas: el interés social de que no se interrumpi­era el trámite de esa investigac­ión y el interés personal.

Mientras que, con las reformas al sistema de justicia se impusó la prohibició­n absoluta.

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