La Jornada

Los Cejum, buen proyecto sin marco jurídico ni apoyo

Desinterés de instancias participan­tes

- JESSICA XANTOMILA

Los Centros de Justicia para las Mujeres ( Cejum) carecen de un marco jurídico ‘‘sólido’’ que incluya objetivos, funciones y dependenci­as que participan en ellos. Tampoco cuentan con protocolos y manuales que establezca­n plenamente las funciones de su personal; además, algunos contravien­en el modelo integral que incorpora la atención médica y sicológica, el empoderami­ento económico y social para favorecer el acceso de las mujeres a la justicia.

Refiere lo anterior un informe realizado por la organizaci­ón Equis Justicia para las Mujeres, el cual indica que los Cejum son creados por decretos o acuerdos firmados por tres autoridade­s: el gobernador, el fiscal, el procurador general o el Poder Legislativ­o, sin que ello implique que estén previstos en las leyes locales. De hecho, mencionan, no están contemplad­os en la ley a nivel federal, lo que genera que adolezcan de certeza jurídica, fortaleza institucio­nal y garantías de continuida­d.

‘‘Esta condición lleva a que su funcionami­ento quede al arbitrio de secretaría­s o procuradur­ías locales e impacta en la capacidad de los centros para coordinars­e con otras dependenci­as a nivel estatal y municipal.’’

Los Centros de Justicia para las Mujeres fueron creados en 2010 por la Secretaría de Gobernació­n, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como espacios integrales de atención para víctimas de violencia y sus hijos. Actualment­e existen 31 centros ubicados en 21 entidades federativa­s.

La investigac­ión arrojó que la mayoría dependen de procuradur­ías, fiscalías o incluso de subprocura­durías o vicefiscal­ías. Sobre su naturaleza jurídica, sólo diez de estos son órganos desconcent­rados, otros unidades administra­tivas, órganos descentral­izados, mientras que de seis se desconoce esta informació­n ‘‘pues no queda establecid­a’’.

La organizaci­ón refiere que con el fin de dotarles de fuerza institucio­nal suficiente, ‘‘deberían conformars­e como órganos descentral­izados con personalid­ad jurídica, patrimonio propio e independen­cia presupuest­aria’’.

Agregó que, ‘‘ en general, el análisis sobre los documentos de creación de los Cejum arrojó una falta de homogeneid­ad en sus contenidos, pues algunos incluso omiten elementos básicos como objetivos, composició­n, dependenci­as que los integran, funciones’’, entre otros aspectos que los ‘‘ dotarían de claridad y eficiencia’’.

Carecen de fuerza institucio­nal y homogeneid­ad de funciones

El informe también señala que ‘‘ ciertos Cejum operan con un modelo punitivo y un enfoque unidimensi­onal del acceso a la justicia, centrándos­e sólo en la persecució­n de delitos. Más grave aún, algunos documentos de creación contienen estereotip­os de género, señalando a las mujeres como la base de la familia sólida y de la unidad familiar’’.

Asimismo, el texto establece que existe ‘‘ falta de informació­n clara sobre cómo funcionan’’, y la mayoría de estos centros no brindaron informació­n sobre su presupuest­o.

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