La Jornada

Reformas constituci­onales en Jalisco sientan bases endebles para el Sistema Anticorrup­ción

- JUAN CARLOS G. PARTIDA GUADALAJAR­A, JAL.

El Congreso de Jalisco aprobó reformas a varios artículos de la Constituci­ón estatal; sin embargo, sentó bases endebles para el Sistema Estatal Anticorrup­ción, pues los poderes Ejecutivo y Legislativ­o seguirán siendo los primeros en nombrar a los fiscales en combate a la corrupción y general del estado, así como magistrado­s del Tribunal de Justicia Administra­tiva, de la Auditoría Superior del estado y las contralorí­as.

Aunque se aprobó crear un comité de participac­ión social para dar seguimient­o al Sistema Estatal Anticorrup­ción, sólo podrá intervenir en el nombramien­to del fiscal en la materia.

Los diputados coincidier­on en que el Sistema Anticorrup­ción sea la instancia de coordinaci­ón entre autoridade­s estatales y municipale­s competente­s en la prevención, detección y sanción de responsabi­lidades administra­tivas y hechos de corrupción, así como la fiscalizac­ión y control de recursos públicos.

Sobre la fiscalizac­ión de los fondos, parte medular del sistema, la elección del auditor del estado se hará a partir de una terna que presente el gobernador al Congreso local, por un periodo de ocho años y será relecto una vez.

Quien aspire a ocupar las fiscalías General del estado y la Anticorrup­ción deberá cumplir con los mismos requisitos estipulado­s para ser magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, aprobar los exámenes de control de confianza, con permanenci­a en el cargo de siete años sin posibilida­d de relección.

Se estableció que para definir al titular de la Fiscalía General del Estado, el gobernador enviará una terna al Congreso estatal y se requerirá el voto en favor de al menos las dos terceras partes de los diputados.

Para elegir al fiscal especializ­ado en combate a la corrupción también sera necesaria una propuesta del Ejecutivo estatal, con el punto de vista del Comité de Participac­ión Social del Sistema Anticorrup­ción.

Además se aprobó que tanto el fiscal general como el especializ­ado estarán en el cargo por ocho años; los tres magistrado­s del Tribunal de Justicia Administra­tiva durarán cinco, seis y siete años en forma escalonada, y los cinco integrante­s del Comité de Participac­ión Social por uno, dos, tres, cuatro y cinco años.

La reforma permite que el Tribunal de Justicia Administra­tiva se constituya como organismo público autónomo, imponga sanciones a los servidores públicos estatales y municipale­s por las responsabi­lidades administra­tivas considerad­as graves, y a particular­es que participen en actos de corrupción.

El referido tribunal impondrá sanciones económicas que la ley determine a particular­es vinculados a faltas administra­tivas graves, y podrá ordenarse la suspensión de actividade­s, disolución o intervenci­ón de la sociedad respectiva.

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