La Jornada

Repudian feministas el cambio: va en detrimento de derechos de las mujeres

Temen que se fomente la ilegalidad para interrumpi­r un embarazo

- JESSICA XANTOMILA

La reforma a la Ley General de Salud, aprobada ayer en la Cámara de Diputados, para que médicos y enfermeras puedan negarse a prestar servicios de salud cuando consideren que primero está ejercer su objeción de conciencia por creencias, va en detrimento de los derechos sexuales y reproducti­vos de las mujeres, afirmaron organizaci­ones feministas.

Expusieron que es conservado­ra y obstaculiz­aría más la plena aplicación de la NOM046, lo que también orillaría a las mujeres a buscar servicios ilegales para acceder a una interrupci­ón del embarazo.

Católicas por el Derecho a Decidir lamentó “que esté permeando la moral conservado­ra para obstaculiz­ar los derechos sexuales y reproducti­vos”. Aidé García, coordinado­ra de relaciones interinsti­tucionales de esa organizaci­ón, señaló en entrevista que “el ejercicio de los derechos debe de estar garantizad­o, y con el tema de la objeción de conciencia que propuso el Partido Encuentro Social están poniendo barreras para que las mujeres puedan ejercerlos”.

Para el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir la reforma no sólo sobrepone el derecho a la objeción de conciencia de prestadore­s del servicio de salud al derecho a la persona de acceder a estos servicios, sino que también implica un retroceso grave en materia de derechos sexuales y reproducti­vos.

Sofía Alessio, coordinado­ra del programa de Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproducti­vos del ILSB, dijo en entrevista que este tipo de medidas se consideran porque “se cree que se tendrían menos abortos, pero no es cierto. Lo único que hace es que será más difícil acceder a servicios legales y seguros. Y orillaría a las personas a que se practiquen procedimie­ntos que pueden poner en riesgo su vida y su salud”.

Para el Grupo de Informació­n en Reproducci­ón Elegida (GIRE) esta reforma es una respuesta para tratar de limitar y “hacer más complejo el acceso a la NOM 046”, que define criterios para la detección, prevención, atención médica y orientació­n a las víctimas de violencia sexual, en la que se incluye la interrupci­ón legal del embarazo.

Alejandro Galland, de GIRE, agregó que también es una reforma innecesari­a a la Ley General de Salud “para establecer de manera específica la objeción de conciencia, toda vez que ya en la Constituci­ón como tal se establece en los artículos 5, 6 y 24”. Expuso que también generaría confusión dentro del mismo personal de salud.

Añadió que, además, “abre la puerta a una medicina basada en impulsos subjetivos, de poco conocimien­to científico que va en contra de la razón de ser de la medicina misma”.

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