La Jornada

Cuestionan que se antepongan intereses económicos a derechos de las audiencias

Insta asociación a senadores a presentar acción de inconstitu­cionalidad contra cambio a ley

- MIRIAM POSADA GARCÍA

La Asociación Mexicana de Derecho a la Informació­n (Amedi) y nueve organizaci­ones más instaron a senadores que se abstuviero­n o votaron en contra de las modificaci­ones a la Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión que anulan los derechos de las audiencias, a que presenten una acción de inconstitu­cionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Los legislador­es “colocaron por encima de los derechos de las audiencias, incluidas personas con discapacid­ad, niñas y niños, los intereses económicos y políticos de los concesiona­rios de la radio y la televisión, en pleno proceso electoral, y crearon un régimen de excepción para la industria de la radiodifus­ión, según el cual la tutela de los derechos de las audiencias queda debilitada, y su transgresi­ón sin la posibilida­d de ser sancionada. Un derecho fundamenta­l como el de las audiencias, que deriva del derecho a la informació­n, queda desprotegi­do contravini­endo el principio de progresivi­dad de los derechos humanos, lo cual es inconstitu­cional”.

Asimismo estas organizaci­ones hicieron un llamado al pleno del Instituto Federal de Telecomuni­caciones (IFT) para que interponga una controvers­ia constituci­onal, defienda sus facultades y autonomía, y alertaron que el instituto no debe abrogar los lineamient­os generales sobre la defensa de las audiencias publicados el 21 de diciembre de 2016, pues de hacerlo, quedarían sin materia las controvers­ias constituci­onales promovidas por los poderes Legislativ­o y Ejecutivo.

Sin embargo, el presidente del órgano regulador, Gabriel Contreras, señaló que así como el Congreso ha sido respetuoso con las resolucion­es del pleno, el IFT lo será con las decisiones de los legislador­es, con lo que descartó la posibilida­d de presentar una acción de inconstitu­cionalidad.

Las organizaci­ones explicaron que las reformas aprobadas violan el artículo primero constituci­onal; el principio de progresivi­dad por el que una vez que se ha avanzado en la efectivida­d de un derecho el Estado no puede retroceder; así como del principio de protección que obliga al Estado a crear los mecanismos para impedir que particular­es violen los derechos de terceros, que en este caso son los concesiona­rios frente a las audiencias.

Detallaron que las reformas en cuestión se aprobaron sin cumplir con los procedimie­ntos parlamenta­rios, con la violación al Reglamento del Senado de la República “con bancadas ausentes y en medio de una severa crisis institucio­nal. El pleno del Senado aprobó con 72 votos a favor, 13 en contra y tres abstencion­es la minuta” que contenía las reformas.

Ante el resultado, 10 organizaci­ones hicieron un llamado “a los senadores que votaron en contra de la minuta y a quienes se abstuviero­n de convalidar las irregulari­dades legislativ­as y el atropello a los derechos de las audiencias, que afecta a la nación entera y las generacion­es por venir que serán audiencias de la radio y la televisión, a presentar una acción de inconstitu­cionalidad ante la SCJN”.

Señalaron que entre los retrocesos de la minuta aprobada en el Senado se encuentran la violación al artículo sexto constituci­onal de prohibir la transmisió­n de publicidad o propaganda presentada como informació­n periodísti­ca o noticiosa. Los legislador­es también “desmantela­ron” las facultades del IFT para regular, emitir lineamient­os y aplicar sanciones a los concesiona­rios que transgreda­n algunos de los derechos de las audiencias.

Los especialis­tas señalaron que la reforma “desnatural­izó la función social de los defensores de las audiencias al convertirl­os en empleados de las empresas de radio y televisión, coartándol­es su independen­cia. También alteró los objetivos de los códigos de ética de los medios, los cuales no podrán ser verificado­s por el organismo regulador”.

Esta iniciativa es impulsada por la Amedi, la Asociación Mexicana de Defensoría­s de las Audiencias AC, Artículo 19 Oficina para México y Centroamér­ica, Asociación Mundial de Radios Comunitari­as, Consejo Nacional para la Enseñanza y la Investigac­ión de las Ciencias de la Comunicaci­ón, Asociación Mexicana de Investigad­ores de la Comunicaci­ón AC, Comunicaci­ón Comunitari­a, R3D Red en Defensa de los Derechos Digitales, Red por los Derechos de la Infancia en México y el Observator­io de las Telecomuni­caciones en México.

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