La Jornada

Busca el Panal reforma a la justicia militar ante patrón de abusos de soldados y policías

Propone otorgar a jueces la facultad de calificar las detencione­s de implicados en delitos

- ROBERTO GARDUÑO

El patrón de violacione­s a derechos humanos de los ciudadanos por policías y fuerzas armadas en México requieren de una modificaci­ón al Código de Justicia Militar, con objeto de otorgar al juez de control militar de la causa la facultad de calificar si la detención de los implicados en un acto delictivo se enmarca en la flagrancia o causa urgente.

En la Cámara de Diputados se presentó una iniciativa de reforma fundamenta­da en las recomendac­iones, entre otras, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), instancia que ha sostenido la urgencia de implementa­r programas integrales de capacitaci­ón y formación en materia de derechos humanos, desde las instancias de las fuerzas armadas y las policíacas civiles.

La reforma al Código Penal Militar por el partido Nueva Alianza (Panal) pretende que en los casos de detencione­s de personas, “éstas sean puestas inmediatam­ente a disposició­n del agente del Ministerio Público que correspond­a, absteniénd­ose de infligirle tratos crueles e inhumanos, y no se utilicen las instalacio­nes policiacas como centro de detención.

“La actuación de los servidores públicos encargados de preservar el orden y la paz públicos se tiene que ajustar a los estándares que establece la Constituci­ón, las leyes que de ella emanen y los tratados internacio­nales en materia de protección y defensa de las víctimas del delito.”

La Corte Interameri­cana de Derechos Humanos ha dispuesto que la investigac­ión de los delitos debe ser seria, imparcial y efectiva por todos los medios legales disponible­s y orientados a la determinac­ión de la verdad.

“Todos los actos violatorio­s de los derechos humanos, como la incomunica­ción, uso excesivo de la fuerza, privación de la vida, detencione­s arbitraria­s, cateos ilegales y tratos inhumanos, ofenden a la sociedad cualquiera que sea su naturaleza.”

La propuesta de reforma a los artículos 71 y 79 al Código de Justicia Militar, refieren que los “jueces militares de control tienen entre sus atribucion­es resolver sobre los casos de flagrancia o causa urgente”.

El registro de la detención debe incluir derechos y garantías consagrado­s en la Constituci­ón; imponer las sanciones correctiva­s administra­tivas o penales en que se incurriese.

 ?? Foto Cristina Rodríguez ?? Elementos del Ejercito, el pasado 3 de octubre en el Campo Militar número 1
Foto Cristina Rodríguez Elementos del Ejercito, el pasado 3 de octubre en el Campo Militar número 1

Newspapers in Spanish

Newspapers from Mexico