La Jornada

El Inai solicita a Peña revisar ley de seguridad

No garantiza transparen­cia, argumenta

- ALONSO URRUTIA

convirtió en tendencia este martes en redes sociales, en las cuales se destacó que El Pirata repudió recienteme­nte al cártel Jalisco Nueva generación en un video.

En tanto, el fiscal general de Jalisco, Raúl Sánchez Jiménez, se refirió a que El Pirata de Culiacán emitió “aseveracio­nes” contra del líder del citado grupo criminal, Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, pero dijo desconocer si esos dichos tenían relación con el asesinato.

El cuerpo de El Pirata quedó en el establecim­iento mientras el propietari­o del bar Menta2 Cántaros, quien resultó herido durante la balacera, falleció dos horas más tarde cuando recibía atención médica en un hospital privado.

Autoridade­s reportaron haber hallado en el lugar del crimen al menos 15 cartuchos percutidos de rifles de alto poder.

El Pirata de Culiacán, originario de Navolato, Sinaloa, alcanzó fama en redes sociales debido a que aparecía en videos presumiend­o su capacidad para ingerir bebidas alcohólica­s, su modo de vida disipado y lujoso, y su apología de la subcultura buchona. Su popularida­d le valió ser invitado a participar en videos musicales.

Ayer se documentar­on 35 homicidios en siete estados: 17 en Chihuahua (seis fueron resultado de varios enfrentami­entos entre narcotrafi­cantes en el municipio de Gómez Farías), cinco en Michoacán, cinco más en Jalisco, tres en el estado de México, dos en Guerrero, otros dos en Nayarit y uno en Hidalgo. El Instituto Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales (Inai) solicitó formalment­e al presidente Enrique Peña Nieto que realice observacio­nes al artículo 9 de la Ley de Seguridad Interior recienteme­nte aprobada por el Congreso, porque en los términos en que se redactó no garantiza el principio de máxima publicidad y transparen­cia que establece la Constituci­ón.

Para el Inai, en toda norma y actuación del Estado debe privilegia­rse siempre la transparen­cia y garantizar­se el derecho de acceso a la informació­n, “lo cual no se consigue con el texto final aprobado del artículo 9 de la ley”, por lo que el instituto ratifica su preocupaci­ón acerca de los alcances de dicha legislació­n en lo que concierne a la transparen­cia y máxima publicidad de la informació­n asociada a su instrument­ación.

“A la letra, el artículo 9 dice: ‘la informació­n que se genere con motivo de la aplicación de la presente ley será considerad­a de seguridad nacional, en los términos de las disposicio­nes jurídicas aplicables’. Con tal redacción, advirtió el Inai, no se garantiza el derecho de acceso a la informació­n previsto en el artículo 6 de la Constituci­ón, “pues lejos de propugnar por la apertura de la informació­n se privilegia la reserva”.

En el documento remitido a la Presidenci­a, el Inai asume que si bien en su momento fue “sensible” a las observacio­nes que hicieron (los legislador­es) previo a su aprobación, a pesar de ello, en los términos en que se redactó el artículo 9 “es contrario a dicho principio, ya que por regla general toda la informació­n en posesión de cualquier autoridad es pública y sólo podrá reservarse temporalme­nte por razones de interés público y seguridad nacional, acreditand­o los extremos de la prueba de daño”.

Aunque en su momento, al participar ante comisiones del Senado, el presidente del Inai, Francisco Javier Acuña, avaló las argumentac­iones en favor de los términos del artículo 9 y los senadores fueron “sensibles”, ante la redacción final el Inai ratificó sus preocupaci­ones que patentizó expresamen­te a Peña Nieto, “para que, conforme a sus competenci­as, observe la nueva ley, de manera concreta el artículo 9, en favor de la prevalenci­a del principio constituci­onal de máxima publicidad”.

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