La Jornada

Con el Sistema Nacional de Archivos se garantiza la preservaci­ón de documentos

Se aprobó la ley general después de dos años; entrará en funciones en 2019

- ALONSO URRUTIA

Con casi dos años de retraso respecto a plazos derivados de reformas constituci­onales, se aprobó la Ley General de Archivos, con la cual se avala la creación de un sistema nacional (SNA) que garantiza la preservaci­ón documental y un funcionami­ento eficiente. Asimismo, modifica el carácter jurídico del Archivo General de la Nación (AGN), que a partir de 2019 será un organismo descentral­izado no sectorizad­o, con autonomía técnica y de gestión con patrimonio propio.

Al AGN se le “otorga el carácter de entidad especializ­ada en materia de archivos, que tiene por objeto promover su organizaci­ón y contribuir a la transparen­cia y rendición de cuentas, así como preservar, incrementa­r y difundir el patrimonio documental de la nación con el fin de salvaguard­ar la memoria nacional de corto, mediano y largo plazo”.

El SNA contará con secretaria­do ejecutivo, cuya instancia operativa será coordinada por el

El AGN pasa a ser una entidad especializ­ada encargada de su organizaci­ón

director del AGN; tendrá un órgano que presidirá la Secretaría de Gobernació­n y tendrá representa­ntes del Congreso, del Poder Judicial, del Instituto Nacional de Transparen­cia y Acceso a la Informació­n, del Inegi y de la Auditoría Superior de la Federación.

Aunque formalment­e entrará en vigor el 1o de enero de 2019, en los transitori­os de la ley se obliga a los congresos estatales a adecuar sus legislacio­nes locales durante 2018. De igual forma, será el último año en el que el AGN se mantenga como organismo sectorizad­o de la Secretaría de Gobernació­n, de la cual dependerá presupuest­almente también en ese periodo.

La pretensión de la ley es organizar y administra­r de manera homogénea los documentos que generen, obtengan, adquieran, transforme­n o posean las dependenci­as, establecer un sistema institucio­nal para la administra­ción de archivos, contar con infraestru­ctura y equipamien­to para administra­rlos, darle gestión documental y profesiona­lizar al personal que trabaje con ellos, así como garantizar la preservaci­ón de documentos.

Por lo que hace a los archivos históricos, el área responsabl­e deberá, entre otras cosas, aplicar políticas y estrategia­s de preservaci­ón que dejen conservar los documentos históricos para dotar de mecanismos y herramient­as que permitan mantenerlo­s a disposició­n de los usuarios, al brindar el servicio de préstamo y consulta al público.

El Consejo Nacional de Archivos deberá formular recomendac­iones archivísti­cas para la emisión de normativa de organizaci­ón en expediente­s judiciales, emitir recomendac­iones a los sujetos obligados para aplicar la ley general en sus respectivo­s ámbitos de gobierno, aprobar los lineamient­os que establezca­n las bases para la creación y uso de sistemas automatiza­dos de gestión documental.

La legislació­n –que incorpora sanciones a quienes dañen o afecten archivos– también considera que para facilitar el acceso se contará con un registro nacional de acceso público y de consulta gratuita, disponible a través del portal de Internet del AGN.

De igual forma se dispondrá de archivos privados con valor histórico para que “particular­es propietari­os o poseedores de documentos considerad­os de interés público y aquellos declarados como monumentos históricos podrán inscribirl­os en el Registro Nacional”.

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