La Jornada

Avanza la iniciativa para quitar acrónimo “VIP” en trámites públicos y privados

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara busca un trato sin distinción

- ROBERTO GARDUÑO

La iniciativa de reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discrimina­ción, que busca erradicar la práctica de acrónimos “VIP” en la atención, recepción y resolución de cualquier trámite o servicio en institucio­nes públicas y privadas, se encuentra avanzada.

El trato desigual en lugares públicos tales como aeropuerto­s con acceso y estancia denominada­s very important person, (VIP, por sus siglas en inglés), teatros u otro tipo de espectácul­os, donde se ofrecen servicios de forma exclusiva, con reserva y derecho de admisión, así como en bancos, “es claramente una estrategia discrimina­toria y clasista al poner efectivame­nte una medida

Es un acto discrimina­torio que atenta contra el derecho de las personas: María Mercado

distintiva y preferenci­al entre clientes y usuarios”.

La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados pretende con esto fomentar la atención igualitari­a y trato digno entre la población.

María Mercado, diputada por Movimiento Ciudadano (MC) y quien promueve la iniciativa, refirió que en las sucursales bancarias a menudo decenas de personas toman su turno en las filas para efectuar algún trámite, en tanto “en el espacio correspond­iente a clientes preferente­s, sin que exista gran número de personas formadas, son llamadas para ofrecerles atención inmediata.

“A muchos jóvenes se les impide el acceso a teatros u otros eventos por no contar con una capacidad económica elevada que les permita calificar como persona muy importante, o VIP, y gozar de una mejor calidad de atención o recibir un trato rápido y justo como persona con derechos plenos.”

El concepto que establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discrimina­ción, considera este término como todo acto de distinción, exclusión, restricció­n y preferenci­a, o aquel que tenga por objeto obstaculiz­ar, restringir, impedir, menoscabar y anular el reconocimi­ento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades de las personas.

De igual manera, la Constituci­ón Política dicta que todo acto de discrimina­ción debe ser prohibido tan sólo por ser contrario a los derechos básicos de las personas, así pueda entenderse en el ámbito público o privado.

Hasta ahora, aduce la diputada promovente, “la iniciativa privada tampoco ha hecho suficiente para contrarres­tar estos efectos mediante el trato ofrecido a sus clientes o usuarios, ya que en numerosas ocasiones sólo manifiesta­n su propio interés de lucro y generación de ganancias económicas, justifican­do sus acciones en el supuesto derecho de propiedad y de libre juicio sobre el trato hacia los demás.”

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