La Jornada

Invalidó SCJN decreto para destinar recursos de partidos a damnificad­os en caso de desastre natural

La reforma de los legislador­es en Chiapas se realizó fuera de tiempo

- CÉSAR ARELLANO GARCÍA

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el decreto de reforma del estado de Chiapas, por haber sido emitido durante el periodo de veda legislativ­a. Al resolver las acciones de inconstitu­cionalidad 145/2017 y 146/2017, promovidas por los partidos del Trabajo y de la Revolución Democrátic­a, respectiva­mente, en sesión ordinaria la Corte resolvió anular el decreto 004, por el cual se reformó el numeral 12 y se adicionaro­n los numerales 13 y 14 al artículo 52 del Código de Elecciones y Participac­ión Ciudadana del Estado de Chiapas, publicado en el periódico oficial de la entidad el 2 de octubre de 2017. Los señalados preceptos disponían sustancial­mente que, en caso de sufrir un desastre natural que implicara dar apoyos a la población afectada, se eliminaría el financiami­ento a los partidos políticos durante todo el tiempo de la contingenc­ia, con el propósito de que esos recursos se destinaran a los damnificad­os. El ministro Eduardo Medina Mora consideró que se viola el párrafo penúltimo de la fracción II del artículo 105 de la Constituci­ón federal, que dispone que las leyes electorale­s deben promulgars­e y publicarse, cuando menos, 90 días antes del comienzo del proceso electoral, pues el decreto impugnado se publicó dentro

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Foto Jesús Villaseca Los partidos conservará­n sus ingresos de financiami­ento intactos

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