El Estado español, condenado a indemnizar a dos militantes de ETA
Tribunal de Estrasburgo dice que recibieron “trato inhumano”
Netanyahu está en el gobierno desde 2009, tras un primer mandato entre 1996 y 1999, y en los últimos meses decenas de miles de israelíes han salido a las calles para exigir su dimisión.
En otro asunto, el juicio contra la adolescente Ahed Tamimi, convertida en un símbolo de la lucha de los palestinos contra la ocupación tras un video en el que abofetea a soldados israelíes, comenzó este martes en un tribunal militar israelí.
Apenas iniciada la audiencia, el juez decidió celebrar el juicio de Tamimi a puerta cerrada y ordenó la salida de periodistas y diplomáticos, al alegar que la joven de 17 años es juzgada como menor de edad.
Tamimi enfrenta 12 cargos, que incluyen agresión, y podrían costarle varios años de cárcel si es declarada culpable. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó este martes al Estado español por maltratos policiales contra Igor Portu y Martín Sarasola, militantes de ETA detenidos en 2008 y sentenciados como autores materiales del atentado con bomba en la Terminal 4 del aeropuerto de Barajas, en Madrid, el 30 de diciembre de 2006. En aquel ataque estalló una furgoneta cargada con una tonelada de explosivos y mató a los ecuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio.
Después de un largo proceso el Tribunal condenó al Estado español por “trato inhumano y degradante” a los miembros de ETA, quienes cumplen condenas en cárceles españolas.
Ambos fueron sometidos a golpes durante los interrogatorios y ahora el Estado español está obligado a indemnizarlos.
El Tribunal concluyó que España violó el artículo 3 de la Convención Europea de Libertades Fundamentales. Si bien no determinó que los presos hayan sido sometidos a torturas, sí sufrieron “trato inhumano y degradante”, dice la resolución. El fallo apremia al Estado a indemnizar con 30 mil euros a Portu y con 20 mil a Sarasola. Ambos miembros de ETA están condenados a más de mil años de cárcel por la muerte de los dos ecuatorianos y los daños materiales causados en el aeropuerto por la bomba.
Los hechos a los que se refiere la sentencia ocurrieron el 6 de enero de 2008, cuando Portu y Sarasola fueron localizados y detenidos por la Guardia Civil en la localidad de Arrasate-Mondragón y fueron trasladados a una pista forestal para someterlos a vejaciones, maltratos y amenazas, acusaciones que, según los miembros de ETA, la justicia español se negó a investigar.