Gordillo Morales, riesgo para la paz y seguridad del Estado: PGR
Valida juez ese argumento y ordena restringir comunicaciones y visitas
La defensa legal de la ex lideresa magisterial solicita amparo contra esas medidas
Con el argumento de que Elba Esther Gordillo Morales podría “desestabilizar la paz y la seguridad del Estado mexicano”, la Procuraduría General de la República (PGR) solicitó y logró que el juzgado sexto de distrito modificara las medidas cautelares concedidas como parte de la prisión domiciliaria a la ex dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
Desde ayer, con la autorización judicial, se restringieron para Gordillo Morales –quien se encuentra en prisión domiciliaria desde el 16 de diciembre pasado– llamadas telefónicas, visitas, acceso a Internet y a otros medios de comunicación.
Los abogados de la ex lideresa deberán entregar entre este jueves y mañana un listado con los nombres de quienes podrán visitar a su defendida y éstos serán sometidos a la aprobación del Ministerio Público Federal (MPF), en caso contrario se suspenderán temporalmente las visitas.
Resolución “ilegal y draconiana”
El abogado Marco Antonio del Toro difundió un comunicado de prensa en el cual señala que “el acuerdo judicial se estima ilegal y draconiano”, y “esta mordaza, propia de regímenes totalitarios, no hace sentido con el beneficio de la prisión preventiva domiciliaria, ya que consiste en el beneficio del adulto mayor con precario estado de salud de permanecer en su residencia en tanto se concluye el proceso penal que se le sigue.
“Las medidas de seguridad deben instrumentarse únicamente para que el adulto mayor no abandone dicho domicilio. A eso deben constreñirse. De ninguna manera faculta a autoridad alguna para introducirse en el domicilio, revisar mensajes de texto, correos electrónicos, escuchar conversaciones, oír llamadas.”
Por esta razón, los defensores de la ex lideresa del SNTE presentaron un recurso de amparo que, de acuerdo con fuentes judiciales, podría ser del conocimiento del juzgado cuarto de distrito, que ya ha conocido de otros recursos relacionados con Gordillo Morales, y este viernes podría definir si le otorga una suspensión provisional que impida la continuación de esas medidas.
Las limitaciones para Elba Esther Gordillo fueron aprobadas por el juez sexto de distrito, Alejandro Caballero Vértiz, ante quien se desahoga el único juicio pendiente que enfrenta la ex dirigente del SNTE por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita –por un monto cercano a 2 mil millones de pesos– y delincuencia organizada.
La semana pasada, la defensa de Gordillo solicitó al juzgado sexto que analice la posibilidad de declarar inocente a su cliente, al considerar que se han desvanecido las pruebas con las cuales se solicitó su detención por delincuencia organizada y lavado de dinero.
En ese contexto, en varias entidades del país integrantes del El segundo tribunal colegiado en materia civil y del trabajo con sede en Baja California revocó la suspensión provisional otorgada a simpatizantes de Elba Esther Gordillo Morales, con la cual se suspendían los efectos de la toma de nota otorgada a la dirigencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) de marzo de 2013.
La resolución fue dictada este jueves al resolver un recurso de queja que presentó el SNTE contra la solicitud de amparo promovida por el denominado Grupo de Análisis Jurídico y Defensa Magisterial.
Los simpatizantes de Gordillo Morales promovieron el juicio de amparo y el pasado 9 de febrero el SNTE que simpatizan con Gordillo Morales presentaron amparos –que están en trámite– contra la toma de nota con la cual se designó a Juan Díaz de la Torre líder de la organización magisterial en 2013, y que esta semana fue ratificado en el cargo en un congreso nacional.
El lunes pasado, el MPF solicitó la restricción de visitas y juez segundo de distrito en amparo y juicios federales con sede en Tijuana, Baja California, concedió una suspensión provisional en la que ordenaba como único punto que hasta en tanto resolviera lo relativo a la suspensión definitiva, se cancelaban “los efectos que derivan esencialmente de la toma de nota acordada el 12 de marzo de 2013, en lo referente a la designación del Consejo General Sindical para el Fortalecimiento de la Educación Pública del SNTE”.
Así, se realizará la audiencia incidental en el juzgado segundo de distrito en materia de amparo y juicios federales, aunque ya se canceló la suspensión provisional otorgada. llamadas telefónicas para Elba Esther Gordillo.
En su argumentación, la PGR explicó al juez Caballero Vértiz que Gordillo Morales “fungió como presidenta del SNTE, posición que implicó una relevancia y trascendencia social significativa en las personas sobre las cuales ejerce autoridad moral, por lo que el uso desmedido de los medios
El segundo tribunal colegiado inició el expediente 20/2018 y recibió el oficio 9430, por medio del cual el juez segundo de distrito en materia de amparo y de juicios federales le remitió dos recursos de queja promovidos contra el otorgamiento de la suspensión provisional en favor de los integrantes del Grupo de Análisis Jurídico y Defensa Magisterial.
El órgano jurisdiccional ordenó que la magistrada María Elizabeth Acevedo Gaxiola se encargue del proyecto de resolución sobre las quejas presentadas, que dejaron sin efecto la suspensión otorgada a los simpatizantes de Gordillo. de comunicación que tiene a su alcance, evidentemente, podrían desestabilizar la paz y seguridad del Estado mexicano; por tanto, resulta imperioso que se establezca un régimen de control de comunicaciones para dar cumplimiento de forma adecuada a la medida de seguridad concedida en su momento y evitar un descontrol que permita perder el sentido y esencia de la prisión domiciliaria”.
Indicó que no se trata de vulnerar o limitar los derechos de Gordillo Morales y que sólo solicitó llevar un control adecuado, dada su condición de procesada, “pues es de recordar que no se encuentra en libertad absoluta, sino que su situación jurídica está subjudice, es decir, bajo proceso penal por delitos considerados graves”.
En su escrito, la autoridad federal señala que el personal adscrito a la Agencia de Investigación Criminal desplegado para vigilar a la procesada Elba Esther Gordillo, no tiene la posibilidad de observar directa y permanentemente el interior del departamento destinado para la prisión preventiva domiciliaria.
Con esta decisión judicial, Gordillo Morales no puede recibir amistades que no sean consideradas de “buena reputación” y estén incluidas en una lista de visitas aprobadas por la PGR; se restringen las comunicaciones vía telefónica, mensajes de texto y correos electrónicos.
Los defensores de la ex dirigente magisterial señalaron que “la sentencia de amparo que dio lugar a la prisión preventiva domiciliaria fue enfática en que dichas medidas cautelares no deben trastocar derechos fundamentales, como ahora se pretende con base en criterios que parecen más políticos que jurídicos”.
El juez acordó lo que correspondía
Acerca de estas medidas, el subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales y encargado de despacho de la PGR, Alberto Elías Beltrán, dijo: “tenemos la obligación de revisar que se dé cumplimento a las medidas cautelares determinadas por la autoridad judicial, se hizo una revisión, una valoración, se presentó una promoción ante el juzgado y el juez acordó lo que correspondía”.