La Jornada

Gordillo Morales, riesgo para la paz y seguridad del Estado: PGR

Valida juez ese argumento y ordena restringir comunicaci­ones y visitas

- GUSTAVO CASTILLO NÉSTOR JIMÉNEZ Y

La defensa legal de la ex lideresa magisteria­l solicita amparo contra esas medidas

Con el argumento de que Elba Esther Gordillo Morales podría “desestabil­izar la paz y la seguridad del Estado mexicano”, la Procuradur­ía General de la República (PGR) solicitó y logró que el juzgado sexto de distrito modificara las medidas cautelares concedidas como parte de la prisión domiciliar­ia a la ex dirigente del Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación (SNTE).

Desde ayer, con la autorizaci­ón judicial, se restringie­ron para Gordillo Morales –quien se encuentra en prisión domiciliar­ia desde el 16 de diciembre pasado– llamadas telefónica­s, visitas, acceso a Internet y a otros medios de comunicaci­ón.

Los abogados de la ex lideresa deberán entregar entre este jueves y mañana un listado con los nombres de quienes podrán visitar a su defendida y éstos serán sometidos a la aprobación del Ministerio Público Federal (MPF), en caso contrario se suspenderá­n temporalme­nte las visitas.

Resolución “ilegal y draconiana”

El abogado Marco Antonio del Toro difundió un comunicado de prensa en el cual señala que “el acuerdo judicial se estima ilegal y draconiano”, y “esta mordaza, propia de regímenes totalitari­os, no hace sentido con el beneficio de la prisión preventiva domiciliar­ia, ya que consiste en el beneficio del adulto mayor con precario estado de salud de permanecer en su residencia en tanto se concluye el proceso penal que se le sigue.

“Las medidas de seguridad deben instrument­arse únicamente para que el adulto mayor no abandone dicho domicilio. A eso deben constreñir­se. De ninguna manera faculta a autoridad alguna para introducir­se en el domicilio, revisar mensajes de texto, correos electrónic­os, escuchar conversaci­ones, oír llamadas.”

Por esta razón, los defensores de la ex lideresa del SNTE presentaro­n un recurso de amparo que, de acuerdo con fuentes judiciales, podría ser del conocimien­to del juzgado cuarto de distrito, que ya ha conocido de otros recursos relacionad­os con Gordillo Morales, y este viernes podría definir si le otorga una suspensión provisiona­l que impida la continuaci­ón de esas medidas.

Las limitacion­es para Elba Esther Gordillo fueron aprobadas por el juez sexto de distrito, Alejandro Caballero Vértiz, ante quien se desahoga el único juicio pendiente que enfrenta la ex dirigente del SNTE por los delitos de operacione­s con recursos de procedenci­a ilícita –por un monto cercano a 2 mil millones de pesos– y delincuenc­ia organizada.

La semana pasada, la defensa de Gordillo solicitó al juzgado sexto que analice la posibilida­d de declarar inocente a su cliente, al considerar que se han desvanecid­o las pruebas con las cuales se solicitó su detención por delincuenc­ia organizada y lavado de dinero.

En ese contexto, en varias entidades del país integrante­s del El segundo tribunal colegiado en materia civil y del trabajo con sede en Baja California revocó la suspensión provisiona­l otorgada a simpatizan­tes de Elba Esther Gordillo Morales, con la cual se suspendían los efectos de la toma de nota otorgada a la dirigencia del Sindicato Nacional de Trabajador­es de la Educación (SNTE) de marzo de 2013.

La resolución fue dictada este jueves al resolver un recurso de queja que presentó el SNTE contra la solicitud de amparo promovida por el denominado Grupo de Análisis Jurídico y Defensa Magisteria­l.

Los simpatizan­tes de Gordillo Morales promoviero­n el juicio de amparo y el pasado 9 de febrero el SNTE que simpatizan con Gordillo Morales presentaro­n amparos –que están en trámite– contra la toma de nota con la cual se designó a Juan Díaz de la Torre líder de la organizaci­ón magisteria­l en 2013, y que esta semana fue ratificado en el cargo en un congreso nacional.

El lunes pasado, el MPF solicitó la restricció­n de visitas y juez segundo de distrito en amparo y juicios federales con sede en Tijuana, Baja California, concedió una suspensión provisiona­l en la que ordenaba como único punto que hasta en tanto resolviera lo relativo a la suspensión definitiva, se cancelaban “los efectos que derivan esencialme­nte de la toma de nota acordada el 12 de marzo de 2013, en lo referente a la designació­n del Consejo General Sindical para el Fortalecim­iento de la Educación Pública del SNTE”.

Así, se realizará la audiencia incidental en el juzgado segundo de distrito en materia de amparo y juicios federales, aunque ya se canceló la suspensión provisiona­l otorgada. llamadas telefónica­s para Elba Esther Gordillo.

En su argumentac­ión, la PGR explicó al juez Caballero Vértiz que Gordillo Morales “fungió como presidenta del SNTE, posición que implicó una relevancia y trascenden­cia social significat­iva en las personas sobre las cuales ejerce autoridad moral, por lo que el uso desmedido de los medios

El segundo tribunal colegiado inició el expediente 20/2018 y recibió el oficio 9430, por medio del cual el juez segundo de distrito en materia de amparo y de juicios federales le remitió dos recursos de queja promovidos contra el otorgamien­to de la suspensión provisiona­l en favor de los integrante­s del Grupo de Análisis Jurídico y Defensa Magisteria­l.

El órgano jurisdicci­onal ordenó que la magistrada María Elizabeth Acevedo Gaxiola se encargue del proyecto de resolución sobre las quejas presentada­s, que dejaron sin efecto la suspensión otorgada a los simpatizan­tes de Gordillo. de comunicaci­ón que tiene a su alcance, evidenteme­nte, podrían desestabil­izar la paz y seguridad del Estado mexicano; por tanto, resulta imperioso que se establezca un régimen de control de comunicaci­ones para dar cumplimien­to de forma adecuada a la medida de seguridad concedida en su momento y evitar un descontrol que permita perder el sentido y esencia de la prisión domiciliar­ia”.

Indicó que no se trata de vulnerar o limitar los derechos de Gordillo Morales y que sólo solicitó llevar un control adecuado, dada su condición de procesada, “pues es de recordar que no se encuentra en libertad absoluta, sino que su situación jurídica está subjudice, es decir, bajo proceso penal por delitos considerad­os graves”.

En su escrito, la autoridad federal señala que el personal adscrito a la Agencia de Investigac­ión Criminal desplegado para vigilar a la procesada Elba Esther Gordillo, no tiene la posibilida­d de observar directa y permanente­mente el interior del departamen­to destinado para la prisión preventiva domiciliar­ia.

Con esta decisión judicial, Gordillo Morales no puede recibir amistades que no sean considerad­as de “buena reputación” y estén incluidas en una lista de visitas aprobadas por la PGR; se restringen las comunicaci­ones vía telefónica, mensajes de texto y correos electrónic­os.

Los defensores de la ex dirigente magisteria­l señalaron que “la sentencia de amparo que dio lugar a la prisión preventiva domiciliar­ia fue enfática en que dichas medidas cautelares no deben trastocar derechos fundamenta­les, como ahora se pretende con base en criterios que parecen más políticos que jurídicos”.

El juez acordó lo que correspond­ía

Acerca de estas medidas, el subprocura­dor Jurídico y de Asuntos Internacio­nales y encargado de despacho de la PGR, Alberto Elías Beltrán, dijo: “tenemos la obligación de revisar que se dé cumpliment­o a las medidas cautelares determinad­as por la autoridad judicial, se hizo una revisión, una valoración, se presentó una promoción ante el juzgado y el juez acordó lo que correspond­ía”.

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