La Jornada

Decidirá la Suprema Corte en definitiva la constituci­onalidad de las fotomultas

Ejercerá su facultad de atracción para resolver mediante la revisión de un amparo

- GUSTAVO CASTILLO GARCÍA

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción para resolver en definitiva, mediante la revisión de un amparo, la constituci­onalidad de las fotomultas que aplica el Gobierno de la Ciudad de México. Lo anterior, al considerar que existen elementos que dejan sin defensa a los ciudadanos ante un acto de autoridad que no busca disminuir la incidencia en cuanto a accidentes o violacione­s al Reglamento de Tránsito, sino obtener recursos.

En la sesión de este miércoles, los integrante­s de la segunda sala considerar­on que el caso, derivado del amparo que promovió un particular, reúne los requisitos de interés y trascenden­cia

Existen elementos que dejan sin defensa a los ciudadanos ante un acto de autoridad, considera

para ser resuelto por el alto tribunal.

En su demanda inicial, el quejoso consideró que las boletas de infracción emitidas con base en el sistema de fotomultas violan la garantía de seguridad jurídica, tutelada por el artículo 16 constituci­onal, al no haber sido expedidas por autoridad competente y carecer de fundamento legal, por no estar previstas en la Ley de Movilidad del Distrito Federal ni en el Reglamento de Tránsito.

En este caso, el juzgado octavo de distrito en materia de amparo resolvió que existió una violación grave y manifiesta al derecho de audiencia, que dejó sin defensa al afectado, pero el quejoso interpuso un recurso de revisión, por considerar que el juzgador evitó pronunciar­se sobre el tema medular de su demanda, esto es, la inconstitu­cionalidad de las fotomultas.

Por ello, el tribunal colegiado al que correspond­ió conocer del recurso de revisión, solicitó a la SCJN ejercer su facultad de atracción para resolver en definitiva el caso.

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