La Jornada

El instituto de conciliaci­ón, a modo para líderes sindicales y patrones: informe

Según el Observator­io de la Reforma Laboral, se simularon modificaci­ones

- PATRICIA MUÑOZ RÍOS

Para buscar la aprobación de las iniciativa­s de reforma en materia de justicia laboral “se simularon modificaci­ones y búsqueda de consensos”; sin embargo, el borrador de las mismas evidencia que el instituto nacional de conciliaci­ón que sustituirá a las juntas “quedará en manos de líderes sindicales y patrones”; además, será imposible para los trabajador­es cambiar de sindicato, no se obliga al voto secreto ni presenta mecanismos para la oralidad de los juicios.

La única modificaci­ón que se hizo a estas iniciativa­s es quitarle la liberaliza­ción del outsourcin­g, pero en todas sus cláusulas responde a las exigencias del sector patronal “más duro”, revela un informe del Observator­io de la Reforma Laboral y la copia del último borrador del documento.

Una reproducci­ón del proyecto de dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativ­os del Senado, señala que además de las iniciativa­s presentada­s por Tereso Medina e Isaías González, ambos del PRI, Luis Sánchez Jiménez (PRD) entregó otra para modificar la Ley de Amparo para temas laborales; María del Pilar Ortega (PAN) incluso puso a considerac­ión otro proyecto de decreto de la Ley del Centro Federal de Conciliaci­ón y Registro Laboral y para que se deroguen disposicio­nes de la Ley del Seguro Social y del Infonavit.

Todo eso, a decir del observator­io, “conforma una pinza para cambiar toda la normativid­ad laboral” a favor de los empresario­s, acabar con derechos consagrado­s y dejar en manos de éstos y de líderes corporativ­os la justicia laboral.

Es una mentira que las autoridade­s laborales hayan querido consensuar con los sectores; por el contrario, acordaron con otros legislador­es la interposic­ión de otros proyectos de ley para endurecer más aún la reforma en materia de justicia laboral, indicó.

En los artículos 387, 390 bis, 1004, 1008 y 1010 se plantea cómo los patrones y los líderes de sindicatos corporativ­os van a formar parte del Centro Nacional de Conciliaci­ón, es decir, decidirán quiénes “cumplen con los requisitos” para, por ejemplo, conformar nuevos sindicatos o exigir por firma de contratos colectivos. Serán juez y parte y convertirá­n al organismo en un “frankestei­n laboral”.

El documento impone condicione­s para emplazar a huelga por cambio de sindicato o contrato colectivo, lo que a su vez blinda los contratos de protección, hace imposible que trabajador­es que no tienen gremio se puedan sindicaliz­ar o que quieran quitar un sindicato charro, por ejemplo. En cambio, el voto secreto para todos los procesos, como lo exigía el sector laboral, se ignora y no se hace obligatori­o.

Además, según la iniciativa presentada por el senador Luis Sánchez Jiménez, del Grupo Parlamenta­rio del PRD, se pretende hacer cambios a la Ley de Amparo “adecuando la reforma al artículo 107 Constituci­onal a su ley reglamenta­ria y a la Ley Federal del Trabajo”. A eso se suma la iniciativa de María del Pilar Ortega, que plantea el proyecto de derecho para la Ley del Centro Federal y modificar la Ley del Seguro Social además de la del Infonavit.

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