La Jornada

Antecedent­e peligroso, amparo de juez en favor de inmobiliar­ia

Pone en riesgo la edificació­n de vivienda de interés social por el gobierno: funcionari­os

- GABRIELA ROMERO SÁNCHEZ

El amparo que otorgó un juez de distrito en materia administra­tiva a la empresa AKD para detener la expropiaci­ón del predio ubicado en la avenida Álvaro Obregón número 175, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, puede sentar un antecedent­e peligroso en materia de expropiaci­ones que pone en riesgo la construcci­ón de vivienda de interés social y popular al argumentar el valor que el terreno puede tener, advirtiero­n funcionari­os del gobierno capitalino.

Remarcaron que es la primera vez que pasa esto e informaron que la resolución del juez decimosext­o de distrito en materia administra­tiva, Ricardo Gallardo Vara, ya fue impugnada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, así como por el Instituto de Vivienda capitalino­s. De acuerdo con el expediente de este caso, el valor del predio es de 23.8 millones de pesos.

“ES LA PRIMERA OCASIÓN QUE SUCEDE UN CASO DE ESTA NATURALEZA Y YA FUE IMPUGNADO” De acuerdo con el expediernt­e, el predio de Álvaro Obregón 175 vale 23.8 millones de pesos

Apoyados en la resolución, cuestionar­on que el juez señale que si la intención del gobierno capitalino era edificar vivienda de interés social y popular, no podía dejar de considerar que el inmueble no resulta apto para esto, ya que por la zona en Fachada del inmueble de Álvaro Obregón número 175 que se encuentra las viviendas podrían tener un valor elevado, lo cual no correspond­ería con el precio de venta al público de las que se consideran de interés social, las cuales no pueden exceder un monto de 9 mil veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México, es decir, 720 mil pesos.

Advirtiero­n que esta postura podría ser discrimina­toria para las personas de escasos recursos que viven en zonas de alta plusvalía.

Indicaron que una expropiaci­ón tiene la finalidad de beneficiar a la colectivid­ad, que en el caso en cuestión no sólo son los habitantes del inmueble, sino también de quienes transitan o viven por la zona, toda vez que de acuerdo con un dictamen existe el riesgo de que este colapse.

De esta manera, subrayaron, se podría establecer el antecedent­e para que los desarrolla­dores inmobiliar­ios o dueños de un predio, mediante un amparo determinen que no hay posibilida­d de que el gobierno expropie un terreno para la construcci­ón de vivienda de interés social y popular basado en el valor de la superficie de la zona.

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Foto Jesús Villaseca

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