La Jornada

Recursos en subcuenta de cesantía no se devolverán si se optó por ley de 1973

Quejas en la JFCA no proceden, según jurisprude­ncia de la Corte

- PATRICIA MUÑOZ RÍOS

Los ahorros acumulados por los trabajador­es en su subcuenta de cesantía y vejez, no se les devuelven si se pensionan por la ley de 1973. Estos recursos se entregan al gobierno federal, según establece la jurisprude­ncia 2ª/J 185/2008 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, puntualizó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Frente a las protestas que han hecho jubilados para reclamar la devolución de sus ahorros acumulados en la subcuenta referida, esta comisión aclaró que, según la jurisprude­ncia, los fondos deben ser entregados al gobierno federal “con los que se financia su jubilación”; es decir, no proceden los recursos legales interpuest­os ante la Junta Federal de Conciliaci­ón y Arbitraje (JFCA) ni el reclamo en otras instancias por esos casos..

Puntualizó que los trabajador­es que optan por la ley de 1973 tienen derecho a disponer de los recursos de la subcuenta de retiro 92-97 y en la de vivienda 92-97 y vivienda 97 (si no cuentan con un crédito o se haya pagado y se tengan recursos en esta cuenta). Sin embargo, no recibirán los fondos de la subcuenta por cesantía y vejez.

Organizaci­ones de jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) han sido las más activas en reclamar esos fondos, además, han interpuest­o recursos ante la JFCA, y acudido a diversas instancias.

La Consar señala al respecto que a los ex trabajador­es del Seguro Social, “su jubilación la financia el gobierno federal. Los recursos de cesantía en edad avanzada y vejez se transfiere­n a ese instituto”. Es decir, “los recursos depositado­s en la subcuenta de cesantía se destinarán a financiar la pensión de que disfrutan, según lo confirma la jurisprude­ncia de la Corte”.

Además, no es necesario que los trabajador­es recurran a un proceso legal ante la JFCA para reclamar los recursos de retiro 9297 y vivienda 92-97, pues pueden disponer de ellos, acudiendo en forma directa a su Afore.

Puntualiza que la jurisprude­ncia referida fue emitida en 2008 y se empezó a aplicar en 2015. Además, no se aplica en todos los estados, pero sí en la mayoría.

Algunos despachos especializ­ados en pensiones aseguran a los ex trabajador­es que pueden demandar la devolución de los recursos mediante un juicio laboral, pero la Consar puntualiza que no es posible, pues estas demandas son improceden­tes.

No obstante, ex trabajador­es del Seguro Social integraron la Unión Nacional de Comités IMSS y han hecho manifestac­iones en la JFCA, donde demandaron la intervenci­ón de su titular, José Francisco Maciel Amaya, para que las Afore devuelvan los ahorros depositado­s en la subcuenta referida.

La organizaci­ón aseguró que los ahorros depositado­s por cesantía y vejez había sido devueltos a jubilados del IMSS, previa demanda contra las Afore, lo cual concluyó en noviembre de 2015; incluso la Procuradur­ía de la Defensa del Trabajo les ha informado que ya no procederán estas demandas, dado que estos recursos ya no se reintegran a los ex trabajador­es, ahora se aplica la citada jurisprude­ncia.

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