La Jornada

El INE aprueba validez del padrón electoral y del listado nominal para los comicios

Destaca Córdova que los instrument­os son los más precisos en la historia del país

- ALONSO URRUTIA

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la validez y definitivi­dad del padrón electoral y el listado nominal que se utilizarán en las próximas elecciones. Con ello, tras conocer el informe del Comité Técnico de ambos instrument­os que avaló su consistenc­ia se determinó que el padrón electoral es de 89 millones 332 mil 31 registros, pero los ciudadanos que efectivame­nte podrán votar suman 89 millones 123 mil 355 incluidos en el listado nominal.

La consejera Dania Ravel destacó que el aval otorgado por el Comité Técnico apuntala al instrument­o más importante del sistema electoral. Del análisis realizado por los expertos en una comparació­n internacio­nal “demuestra que México cuenta con niveles de empadronam­iento por encima de democracia­s consolidas como Francia, Canadá y los Estados Unidos”.

Ravel mencionó que se observa “una cobertura casi total de los ciudadanos en el padrón, con una estimación de 98.3 por ciento. Asimismo, de acuerdo con la autorizaci­ón de la Verificaci­ón Nacional Muestral 2018, se constata que 87.7 por ciento de los ciudadanos en la Lista Nominal residen en su sección de registro”. El juzgado décimo de distrito de amparo en materia penal en Ciudad de México negó un amparo provisiona­l al empresario Manuel Barreiro Castañeda, su esposa Ana Paula Ugalde y a Juan Pablo Olea Olea, quienes son investigad­os por su presunta responsabi­lidad en el delito de operacione­s con recursos de procedenci­a ilícita.

Con la resolución, el juez federal que negó la suspensión provisiona­l autoriza a la Procuradur­ía General de la República judicializ­ar

El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, destacó la evolución de estos instrument­os, que pasaron de ser objeto de “múltiples debates las carpetas de investigac­ión contra el empresario queretano.

En el expediente 121/2018, el impartidor de justicia argumentó el fallo. Sostiene que otorgar la medida cautelar para que el Ministerio Público Federal no determine la carpeta de investigac­ión, “implicaría paralizar el procedimie­nto penal, particular­mente la etapa de investigac­ión, pues el efecto de la suspensión sería que no se ejerza la acción penal, es decir, que no se solicite a la autoridad ríspidos y especulaci­ones por parte de los partidos, candidatos y medios de comunicaci­ón. Conceptos como el de rasurado, el de muertos incluidos en el judicial que se le cite a la audiencia inicial”. Con ello, señaló el juzgado, el Ministerio Público “quedaría imposibili­tado para formular imputación”.

A Barreiro Castañeda se le acusa de ser presunta cabeza de la red de triangulac­iones en empresas fachada con la que compró en 2016 un terreno en Querétaro por una suma millonaria al candidato de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya. padrón electoral, que eventualme­nte votaban, eran parte de la cotidianid­ad de los procesos electorale­s hace 30 años”, erradicada­s ahora.

Destacó que en esta ocasión los partidos políticos presentaro­n 320 mil observacio­nes, “se trata del número más bajo de la historia de los padrones electorale­s, que contrasta con más de dos millones y medio de observacio­nes que se presentaro­n en 2012”. En esta ocasión sólo procediero­n 680, es decir, “el índice de precisión de nuestro padrón electoral es de 130 milésimo, que correspond­e a 680 observacio­nes, respecto de casi 90 millones de registros”.

Sin mayores objeciones partidista­s se aprobó de forma unánime la validez y definitivi­dad del padrón electoral y el listado nominal.

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