El CJF suspende por nueve meses a magistrada por hostigamiento laboral
Incurrió en actos ofensivos contra nueve subalternos
Más de 30 generales pasaron a retiro luego de prestar sus servicios en activo durante más de 40 años, en un acto realizado en el estadio de futbol de la Sedena de la Ciudad de México, en el cual el general Cienfuegos Zepeda les entregó una condecoración y resaltó sus logros y actividades a lo largo de su carrera militar.
En cuanto al general Palmerín Cordero, antes de que Vicente Fox Quesada asumiera la Presidencia de la República en diciembre de 2000, fue considerado el más serio contendiente La magistrada María del Carmen Torres Medina fue sancionada por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) con una suspensión de nueve meses por haber cometido actos de hostigamiento y/o acoso laboral contra al menos nueve funcionarios del Poder Judicial de la Federación (PJF) que estaban bajo su mando, cuando se desempeñaba como integrante del primer tribunal colegiado en materias civil y del trabajo del vigesimoprimer circuito, con sede en Chilpancingo, Guerrero.
El organismo del PJF dio a conocer que “el procedimiento administrativo de responsabilidad iniciado contra la magistrada Torres Medina corroboró que del 1° de mayo y hasta el 6 de agosto de 2015 –aprovechando su calidad de superior jerárquico– incurrió de forma sistemática, habitual y reiterada en comportamientos hostiles, ofensivos, humillantes, denostativos y restrictivos contra el personal a su cargo”.
El CJF señaló que este proceder atentó contra los derechos fundamentales de sus colaboradores por resultar transgresor de su dignidad, así como de su derecho a un ambiente laboral armónico, de respeto y cordialidad.
Al dar a conocer la información de este caso, el CJF señaló que la magistrada suspendida “ejerció violencia sicológica en contra de una servidora pública, a la cual además de faltarle al respeto reiteradamente, le impidió gozar de su derecho a la lactancia, lo que probablemente puso en riesgo el interés superior de su menor hija, al imposibilitarle la satisfacción de una necesidad básica, como es el de la alimentación”.
La suspensión quedó firme, toda vez que la magistrada Torres Medina no interpuso recurso de reconsideración.