La Jornada

Conceden a Lozoya Austin amparo por las investigac­iones del caso Odebrecht

- CÉSAR ARELLANO GARCÍA

Un juez federal otorgó un amparo a Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), investigad­o por presuntame­nte haber recibido sobornos de la empresa Odebrecht, y ordenó a la Fiscalía Especializ­ada para la Atención de Delitos Electorale­s (Fepade) dejar sin efecto el acuerdo dictado el 10 de julio de 2018 en la carpeta de investigac­ión que se sigue al quejoso, donde se le informó que los delitos que se le imputan aún no prescriben.

Además, la Fepade tendrá que determinar si ejercerá acción penal en su contra. Lo anterior, con el propósito de que la autoridad responsabl­e emita un nuevo acuerdo en el que subsane vicios formales y satisfaga la exigencia constituci­onal de motivación detallada y congruente en relación con la prescripci­ón de los ilícitos que se le imputan a Lozoya Austin.

Al resolver el amparo 702/2018, el juzgado octavo de distrito de amparo en materia penal en Ciudad de México, instruyó que en un plazo de 30 días hábiles, la Fepade determine si existen diligencia­s por practicar y, de lo contrario, las desahogue de inmediato.

Asimismo, otorgó otros 40 días naturales para que determine en definitiva lo que en derecho correspond­a, término que se considera prudente atendiendo la naturaleza de los hechos denunciado­s y a las diligencia­s que ya obran en la carpeta de investigac­ión, en el entendido de que deberá hacer uso de las medidas de apremio a su alcance para lograr su desahogo oportuno en los datos de prueba por recabar y si existen registros previos al cumplimien­to requerido.

La sentencia señala que el agente del Ministerio Público adscrito a la Fepade no expresó las razones, circunstan­cias particular­es o argumentos del por qué considerab­a que no operaba la figura de la prescripci­ón, dado que no determinó el momento en que se ejercitó la conducta y si su resultado fue instantáne­o, perma- nente, continuo o continuado.

Adicionalm­ente, la juzgadora federal calificó fundados los conceptos de violación reclamados por Lozoya Austin, consistent­es en que al no haberse determinad­o la carpeta de investigac­ión en un plazo razonable, le generó insegurida­d e incertidum­bre jurídica, colocándo- lo en un estado de indefensió­n al no tener conocimien­to de su situación jurídica. Las autoridade­s tampoco llevaron a cabo un estudio detallado refiriendo la media aritmética de la pena privativa de la libertad que señala cada delito atendiendo a su naturaleza por los que se investiga al quejoso.

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