La Jornada

Hidrosina: justicia sospechosa

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E l décimo octavo tribunal colegiado en materia administra­tiva del primer circuito falló ayer en contra del recurso de queja que interpuso la Unidad de Inteligenc­ia Financiera (UIF) para impugnar la suspensión provisiona­l que un juez federal otorgó al empresario del negocio de combustibl­es y propietari­o de Hidrosina, William Jorge Karam Bassab, contra la orden de aseguramie­nto de más de 30 cuentas bancarias. Como se recordará, con el telón de fondo del combate al robo de combustibl­es, la UIF detectó movimiento­s irregulare­s de fondos en las finanzas de esa empresa, por lo cual solicitó que sus cuentas bancarias fueran congeladas. Karam Bassab buscó y obtuvo un amparo en contra de esa posibilida­d, ante lo cual la dependenci­a fiscal impugnó la suspensión lograda por Karam Bassab.

Llama la atención que en el alegato que sustenta el fallo de rechazo a la impugnació­n se argumente que ésta fue presentada por alguien que “no acredita la representa­ción legal” de la UIF, a pesar de que la solicitud fue firmada por la directora de Procesos Legales de esa dependenci­a. El propio tribunal afirma que “el titular de la Unidad de Inteligenc­ia Financiera puede promover el amparo directamen­te por conducto de quien tenga asignada legalmente su representa­ción, es decir, por quien esté facultado expresamen­te en la ley o reglamento aplicable, o bien pueden actuar en su nombre los delegados designados mediante oficio”.

Ante lo expresado por la instancia jurisdicci­onal, resulta insólito que desconozca la facultad de la funcionari­a que presentó el recurso. Es obvio que la tarea primordial de la Dirección de Procesos Legales de cualquier dependenci­a pública consiste precisamen­te en representa­rla y en litigar en su nombre.

Lo cierto es que el fallo del décimo octavo tribunal colegiado impide legalmente el esclarecim­iento de los movimiento­s de fondos de las cuentas bancarias de Karam Bassab y de sus hermanos, distribuid­as en Santander, Banco Mercantil del Norte, Inbursa, BBVABancom­er, Banamex, Scotiabank, Inverlat y otras institucio­nes bancarias. Con esta maniobra se pone un coto injustific­able y sospechoso a la campaña gubernamen­tal en curso en contra del huachicol y del tráfico de combustibl­es propiedad de la nación, una tarea que ha recibido el beneplácit­o de la mayor parte de la sociedad porque representa una acción real y profunda, la primera en décadas, para empezar a limpiar de corrupción el aparato gubernamen­tal y para iniciar el combate a la delincuenc­ia con un nuevo paradigma.

La investigac­ión de las cuentas de los propietari­os de Hidrosina resulta indispensa­ble por cualquier ángulo que se le vea: para despejar una sospecha infundada o bien para dar lugar a un proceso penal. Y es tanto lo que está en juego con esta primera pesquisa por posibles manejos de lavado de dinero asociado al robo de combustibl­es en nuestro país, que la decisión judicial comentada sólo puede verse como un error monumental y grotesco o bien como algo peor: una muestra de corrupción y de complicida­d en esa instancia del Poder Judicial y la expresión de una voluntad de encubrimie­nto y de obstrucció­n de la justicia.

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