La Jornada

Anulan en EU pena de muerte a Carlos Avena

La SRE argumentó asistencia legal ineficaz

- ANA LANGNER

Una corte federal en Estados Unidos anuló el jueves la sentencia de muerte dictada en contra del mexicano Carlos Avena Guillén, impuesta en 1982, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores.

La cancillerí­a explicó que el abogado de Carlos Avena fue deficiente en la fase de sanción de su juicio, al no presentar pruebas de mitigación suficiente­s ni contrarres­tar las pruebas agravantes presentada­s por el Estado.

En este contexto, la corte de apelacione­s del noveno circuito en California –que anuló la pena– se centró en que el abogado no llevó a cabo ninguna investigac­ión para informar sus decisiones sobre qué evidencia presentar durante dicha fase de sanción.

Ahora, si el estado de California así lo decide, tendrá la oportunida­d de volver a juzgar a Avena Guillén en una nueva fase de sanción. Sin embargo, ya no enfrenta la pena de muerte.

Para la SRE, es un logro importante, pues las cortes estadunide­nses rechazan rutinariam­ente las solicitude­s que argumentan asistencia legal ineficaz cuando el delito es considerad­o como grave.

Avena Guillén fue acusado y sentenciad­o por supuestame­nte asesinar a dos personas en un intento de robo. Fue capturado por la policía de Los Ángeles en 1981 y sentenciad­o un año después, en un juicio que presentó irregulari­dades; entre ellas, la falta de notificaci­ón consular y que confesara ser culpable del crimen del que se le acusaba al ser interrogad­o en inglés, sin que tuviera conocimien­to pleno de dicho idioma.

Este asunto forma parte del llamado Caso Avena; una demanda que presentó en 2003 el Gobierno de México contra Estados Unidos ante la Corte Internacio­nal de Justicia (CIJ) de la Organizaci­ón de las Naciones Unidas, la cual incluía a 51 nacionales mexicanos sentenciad­os a pena de muerte en el país vecino del norte.

En 2004, la CIJ resolvió que la Unión Americana violó el derecho a la notificaci­ón y asistencia consular del medio centenar de mexicanos sentenciad­os, lo cual constituyó una falta grave en perjuicio de su derecho al debido proceso legal.

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