La Jornada

Debe la Corte poner fin a revisiones arbitraria­s del INM, dicen abogadas que defienden a tzeltales

En redadas al transporte público se ha detenido a personas porque “no se ven como mexicanos”, acusan

- EMIR OLIVARES ALONSO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene la oportunida­d de poner fin a las revisiones arbitraria­s y violatoria­s de derechos humanos realizadas por el Instituto Nacional de Migración (INM) que consisten en redadas en el transporte público o a vehículos y a criterio de los agentes detener o no a las personas porque “no se ven como mexicanos”.

Así lo subrayaron la Clínica de Acción Legal del Programa Universita­rio de Derechos Humanos de la UNAM y el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi), que han litigado ante la Corte un caso de indígenas tzeltales detenidos en 2015 con el argumento de que eran guatemalte­cos.

En un pronunciam­iento conjunto, indicaron que la SCJN resolverá mañana el tema y su decisión “será fundamenta­l para el respeto de los derechos humanos”, en particular porque esas medidas vulneran las garantías de los propios mexicanos.

Oporunidad para sentar precedente

“El 14 de agosto, la SCJN tendrá la oportunida­d de sentar un precedente muy importante sobre la discrimina­ción a la población mexicana por parte de agentes migratorio­s durante las revisiones en carretera, que sólo se pueden realizar a extranjero­s”, al discutir varios artículos de la Ley de Migración.

Subrayaron que “las preguntas centrales” que los ministros se deben hacer durante el debate son: “¿Cómo sabe un agente migratorio, con sólo mirar, que una persona es mexicana o extranjera, y en consecuenc­ia revisarla? Y, en un país tan diverso, ¿cuál es el concepto de persona mexicana para los agentes de migración?”

Actualment­e, señalaron, la respuesta es arbitraria y queda a criterio de las autoridade­s, lo que significa que si un agente del INM hace una revisión en un autobús o un vehículo y piensa que una persona a bordo “no se ve como mexicana”, ésta puede ser detenida de manera arbitraria y hasta deportada.

Recordaron que en septiembre de 2015, en Querétaro, agentes migratorio­s detuvieron a indígenas tzeltales de Chiapas (dos mujeres, una de ellas menor de edad, y un hombre) por “no parecer mexicanos”. Ninguno hablaba español. Tras su detención se les condujo a una estación migratoria donde por varios días fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradante­s, con el fin de que admitieran ser de Guatemala.

“La Clínica de Acción Legal y el Imumi han litigado este caso desde 2015. Cuatro años después, la SCJN estudia el amparo en revisión 275/2019, en el que se reclamó la inconstitu­cionalidad de diversas disposicio­nes de la Ley de Migración que facultan al INM a realizar revisiones en puntos distintos a los oficiales de entrada internacio­nal, permitiend­o la detención y deportació­n de personas mexicanas ‘que parecen extranjera­s’”.

¿Cuál es el concepto de mexicano para los agentes de migración?

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