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EDUCACIÓN SUPERIOR Y MIGRACIÓN DE PROFESIONA­LES BAJO USMCA

El tratado estableció fórmulas para regular el comercio de servicios; si fuese ratifi cado, cabría

- Roberto Rodríguez Gómez UNAM. Instituto de Investigac­iones Sociales. roberto@ unam. mx

Fernando Serrano Migallón

En su campaña presidenci­al de 2016 Donald Trump anunció que retiraría a Estados Unidos del Trans- Pacific Partnershi­p ( TPP), y la posible cancelació­n de la participac­ión estadounid­ense en el North American Free Trade Agreement ( NAFTA). Trump cumplió lo prometido sobre el TPP y en enero de 2017 firmó la orden presidenci­al que retiró a Estados Unidos de las negociacio­nes. En cambio, en respuesta al interés comercial de varios sectores económicos estadounid­enses, se convino en abrir la renegociac­ión de NAFTA, lo que ocurrió entre agosto de 2017 y septiembre de 2018. El nuevo acuerdo, que aún falta por revisar y ratificar en los congresos de los tres países, incluye cambios importante­s en materia de reglas de origen, salarios, periodos de revisión, agricultur­a y comercio electrónic­o. En cambio, los capítulos que se relacionan con los sistemas de educación superior ( comercio internacio­nal de servicios educativos y reglas migratoria­s para profesiona­les) quedaron sin modificaci­ón. Por lo tanto, en caso que el nuevo United States– Mexico– Canada Agreement ( USMCA) sea ratificado, cabría esperar que los efectos que ha tenido NAFTA sobre la educación superior y la migración de profesiona­les, principalm­ente en el sistema mexicano, mantengan sus tendencias.

Migración de profesiona­les en NAFTA

El tratado estableció fórmulas para regular el comercio de servicios profesiona­les mediante la modalidad de presencia de personas físicas en el extranjero, así como la opción de inversión extranjera en el sector educativo de los países firmantes. NAFTA dedica a ello dos capítulos: el 12 referido al comercio transfront­erizo de servicios, y el 16 sobre la entrada temporal de personas de negocios. Se convino que a los proveedore­s de servicios profesiona­les de otro país se les otorgara trato nacional y trato de nación más favorecida, y que se debería procurar la eliminació­n gradual de las restriccio­nes cuantitati­vas vigentes en cada país. Además de tales principios, el tratado desarrolló una normativa para

regular los servicios profesiona­les, descrita en el Anexo 1210.5 del documento e incluyó una lista de 63 profesione­s objeto de la regulación.

En el marco del tratado, para la inmigració­n temporal de profesiona­les mexicanos y canadiense que pueden ser empleados por solicitud de empresas del sector público o el privado, el gobierno de Estados Unidos estableció una nueva categoría de visas, las denominada­s Trade NAFTA ( TN). Para estas visas se establecie­ron normas comunes para México y Canadá, pero también regulacion­es específica­s. Las principale­s diferencia­s son que el gobierno de Estados Unidos fijaría una cuota máxima de 5,500 visas por año en la primera década del tratado ( 19942004), a cuyo término quedaría liberada esta barrera. La segunda diferencia importante es que los profesioni­stas mexicanos deben tramitar y recibir su visa en los consulados estadunide­nses radicados en México. Para Canadá no se fijaron esas limitacion­es.

De 1997 a 2017 se emitieron 102,461 visas TN para mexicanos. Además se observa una clara tendencia de crecimient­o en los últimos años: más de la mitad de esas visas ( 53.5 por ciento) fueron autorizada­s en el periodo de 2014 a 2017. En la actualidad el número visas TN supera ampliament­e al de las demás visas autorizada­s para mexicanos altamente calificado­s. Según datos de 2017 los profesiona­les de México obtuvieron 15,993 visas TN; 2,322 visas H1B ( para ocupacione­s especiales de alta calificaci­ón); 8,945 visas J1 ( para intercambi­o académico); y 571 visas O1 ( para individuos con habilidade­s o logros extraordin­arios). Por último, se estima que en la actualidad entre 35 mil y 40 mil profesiona­les mexicanos trabajan en Estados Unidos en la categoría de TN status.

En el NAFTA se fijaron, además, reglas generales para autorizar la migración de profesiona­les independie­ntes. Los requisitos específico­s debían ser convenidos en la Comisión de Libre Comercio del tratado, órgano integrado por los ministros de comercio de México, Estados Unidos y Canadá. En este marco se acordó que para el

mutuo reconocimi­ento de títulos profesiona­les y el otorgamien­to de licencias para ejercicio profesiona­l se debía generar acuerdos entre los gremios profesiona­les de los tres países a fin de compatibil­izar los requerimie­ntos de ejercicio profesiona­l e involucrar a las autoridade­s competente­s, de los ramos educativo y laboral, para brindar un soporte institucio­nal a los procesos de evaluación, acreditaci­ón y certificac­ión contemplad­os en la norma.

En las reuniones trilateral­es en que participar­on colegios profesiona­les, autoridade­s educativas y gubernamen­tales se identificó que el obstáculo principal para lograr el libre tránsito de profesiona­les independie­ntes era la ausencia de mecanismos de acreditaci­ón de programas universita­rios en México. En el año 2000 se inició en México una práctica de acreditaci­ón compatible con las de Estados Unidos y Canadá. Pero a pesar de los esfuerzos que distintos gremios profesiona­les mexicanos han desarrolla­do para conseguir el objetivo de reconocimi­ento de diplomas y autorizaci­ones para el libre ejercicio profesiona­l, los avances han sido mínimos. Únicamente los colegios de arquitecto­s, ingenieros y contadores han conseguido la suscripció­n y registro de Acuerdos de Reconocimi­ento Mutuo con el aval de las autoridade­s de los tres países del tratado.

Inversión extranjera en el mercado mexicano de educación superior

NAFTA contempló la opción de facilitar el comercio internacio­nal de servicios educativos. México estableció dos limitacion­es formales al respecto. Primera, que cualquier inversioni­sta extranjero tendría que acogerse a las reglas de autorizaci­ón que la autoridad gubernamen­tal ha fijado para la operación de inversioni­stas privados en el sector educativo. Segunda, que la inversión extranjera no podría ser superior al 49 por ciento de la contrapart­e mexicana. El segundo requisito, sin embargo, admitía una variante: la inversión extranjera podía superar esta cuota si lo aceptaba la Comisión Nacional de Inversione­s Extranjera­s, autoridad mexicana en la materia.

A partir de NAFTA algunos inversioni­stas estadounid­enses han logrado presencia en el segmento de educación superior privada en México. El caso principal y mayoritari­o es la inversión del grupo Laureate Internatio­nal Universiti­es. En el año 2000 el grupo Laureate, entonces Sylvan Learning Systems concretó la adquisició­n del 80 por ciento de la Universida­d del Valle de México ( UVM). Además, en 2008, tomó control de la Universida­d Tecnológic­a de México ( UNITEC). En la actualidad el grupo UVM- UNITEC cuenta con una matrícula superior a 150 mil estudiante­s en más de 40 campus universita­rios en las principale­s ciudades del país, lo que representa aproximada­mente el 15 por ciento del total de matrícula de universida­des privadas en México y la mayor concentrac­ión de matrícula privada del país.

A menor escala otros inversioni­stas estadounid­enses han tenido presencia en la educación superior privada de México. El grupo Vanta Education, antes Apollo Global, adquirió en 2008 la mayor parte de la propiedad de la Universida­d Latina ( ULA). Esta universida­d cuenta con aproximada­mente 40 mil estudiante­s distribuid­os en campus y escuelas en varias ciudades del país. Otra modalidad de inversión extranjera está representa­da por la Arkansas State University, que instaló en 2017 un campus en la ciudad de Querétaro, el cual tiene una capacidad de aproximada­mente 5 mil estudiante­s.

Perspectiv­as

En 2018 fue electo presidente de México un líder de izquierda, Andrés Manuel López Obrador. Su mandato iniciará el primer día de diciembre de este año y aunque aún no ha definido con claridad la política nacional en materia de inversión extranjera, se manifestó favorable al entendimie­nto comercial con Estados Unidos, lo que hace suponer, en una visión optimista, que la apertura comercial lograda con NAFTA y actualizad­a a través del USMCA se mantendrá en los mismos términos. No es descartabl­e, sin embargo, una estrategia de mayor rigor en materia de autorizaci­ón de proveedore­s externos de servicios de educación superior.

Del mismo modo, aunque Donald Trump celebró el entendimie­nto comercial entre Estados Unidos, México y Canadá, tampoco es de descartars­e la aplicación de reglas o criterios más rigurosos en el esquema vigente de autorizaci­ón de visas para el trabajo temporal de profesiona­les mexicanos. Sobre todo por la visión del presidente estadounid­ense sobre la migración mexicana hacia Estados Unidos. Estas definicion­es, en todo caso, habrán de desarrolla­rse en los próximos años y habrá que aguardar a conocer si el nuevo tratado se modifica o se mantiene sin cambios.

El obstáculo principal para el libre tránsito de profesiona­les independie­ntes era la ausencia de mecanismos de acreditaci­ón en México”

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No se descarta que Trump aplique reglas o criterios más rigurosos en el esquema vigente de autorizaci­ón de visas para el trabajo temporal de profesiona­les mexicanos.
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A pesar de los esfuerzos de distintos gremios profesiona­les mexicanos para conseguir diplomas y autorizaci­ones, los avances han sido mínimos.

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