Reforma de EAV le regresa las fotomultas al Edomex
Los cambios al Reglamento de Tránsito son para regular el uso de dispositivos que generen infracciones a todo tipo de vehículos CLAVES
Antes de dejar el cargo, el ex gobernador Eruviel Ávila Villegas pasó a reformar el Reglamento de Tránsito en la entidad para regular la posibilidad de usar dispositivos electromecánicos, fotográficos y de vídeo destinados a la generación de infracciones a todo tipo de unidad, incluyendo las foráneas, a las cuales les retendrán la tarjeta de circulación, licencia o placa para garantizar el pago. Los ajustes entraron en vigor el pasado 12 de septiembre y con ellos podrá ser implementado de nuevo el sistema de fotomultas en cualquier punto del estado. Con este acuerdo evitan que los automovilistas puedan revocar las sanciones en el Tribunal de Justicia Administrativa. La norma establece que las multas serán enviadas a domicilio y es aplicable a todos los vehículos que -entre otras medidas- no podrán circular a más de 50 kilómetros por hora dentro del perímetro de los centros de población y 20 en las zonas de centros educati- vos, oficinas públicas, unidades deportivas, hospitales, iglesias entre otros lugares de reunión cuando haya concurrencia de personas. También enfatiza que se deben respetar los señalamientos respecto al paso en diversos puntos, el no hacerlo generará multas de 10 a 15 Unidades de Medida de Actualización (UMA), cotizada en 75.49 pesos. Apoyados en la información que les proporcionen los equipos y sistemas tecnológicos tendrán una prueba plena para imponer el castigo. En la boleta vendrá una copia de la imagen del número de placa o matrícula del automotor. Cuando sea por medio de una foto, esta será enviada a la vivienda del propietario, quien legalmente es el responsable solidario. Si pagan en los primeros 15 días hábiles entonces procede un Cabe recordar que Eduardo Valiente no descartó el regreso de “Límite Seguro”, el cual emite sanciones detectadas por arcos que miden la velocidad. descuento de 50 por ciento. En el actual reglamento la mayoría de sanciones son de cinco UMA, solo hay de 20 para casos considerados como más graves, como transitar en vías primarias, donde haya restricción expresa por invadir el carril del Mexibús, rebasar unidades por el acotamiento, permitir el ascenso y descenso de pasaje sobre el arroyo de la vialidad, o bien, a choferes que manejen bajo el influjo de drogas o alcoholizados. Otras infracciones, que en la mayoría de los municipios no opera, es sancionar con cinco UMA a quienes estén a menos de 30 metros de un crucero de ferrocarril, no cedan el paso a ambulancias, etc. ya que pocas veces las levantan por falta de elementos de tránsito.