Milenio Hidalgo

Ediles son empleados y no dueños de los municipios

Con el Instituto Municipali­sta habrá pláticas con ediles y síndicos para que conozcan el alcance de sus derechos político electorale­s

- Janet Barragán/Pachuca

Luego de resolver dos recursos jurisdicci­onales, uno de ellos pidiendo al presidente de Actopan atienda las solicitude­s de informació­n que le han sido requeridas, el presidente del Tribunal Electoral del estado de Hidalgo (TEEH), Manuel Alberto Cruz Martínez, señaló que los presidente­s municipale­s deben entender que son empleados de la ciudadanía y no los dueños del municipio.

El magistrado presidente consideró que se trata de un problema de actitud de los servidores públicos que no es exclusivo de la entidad, y consideró que con las resolucion­es emitidas por el pleno del TEEH, una de ellas confirmada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se establece un precedente al proteger el ejercicio del cargo obtenido a través del voto.

“Nosotros insistimos en proteger esta parte tan delicada que es ejercicio del cargo a través del voto. No simplement­e fueron votados para que estén de adorno, tienen funciones específica­s que prevé la ley y la Constituci­ón, por eso es esa lucha que estamos librando desde los tribunales o el ejercicio de las sentencias para que cada vez se respeten mayormente”, declaró.

Consideró que la falta de actuación ante las sentencias del TEEH por parte de los munícipes han derivado en casos como los que se llevan al órgano jurisdic- cional como el resuelto en esta ocasión bajo el recurso bajo el expediente TEEH-JDC-036/2017, promovido por Edgar Cruz Rico, en su carácter de síndico propietari­o del municipio de Apan, en contra de la omisión de otorgarle informació­n inherente al cargo público que desempeña y atribuida a la presidenta municipal, tesorera y director de Obras Públicas del Ayuntamien­to.

En la sentencia se estimó que para que un servidor público pueda desempeñar las funciones de su cargo, es necesario que cuente con la informació­n específica para el cumplimien­to de sus deberes.

El pleno determinó que la omisión por parte de las autoridade­s de proporcion­ar dicha informació­n afecta el ejercicio de las responsabi­lidades del servidor público, fundamenta­lmente cuando dicha informació­n es necesaria para el desarrollo de sus funciones.

Cruz Martínez indicó que las actitudes de los munícipes pueden deberse al desconocim­iento que existe de la norma, y señaló que el Tribunal ya trabaja con el Instituto Municipali­sta para establecer pláticas con presidente­s municipale­s, asesores, síndicos procurador­es como sucede a nivel nacional para que conozcan los alcances de los derechos político electorale­s, que dijo, no se ciñen únicamente al ejercicio del voto. “El derecho electoral es cada vez más amplio; esto ha ido evoluciona­ndo cada vez más, tenemos un sentido proteccion­ista para el ciudadano para el ejercicio del voto y también para aquellos que adquieren algún cargo o responsabi­lidad al ser electos”, manifestó.

“No fueron votados para estar de adorno; hay funciones que prevé la ley y la Constituci­ón”

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MARIBEL CALDERÓN Indicó que la postura de los mandatario­s locales puede deberse al desconocim­iento que existe de la norma.

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