Milenio Hidalgo

La ley electoral de CdMx impulsa equidad de género

Cuenta con 461 artículos y 29 transitori­os; norma la integració­n de alcaldías, coalicione­s y candidatur­as comunes y ciudadanas

- Ilich Valdez/México

La ley electoral fue publicada ayer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, un día después de que en la Asamblea Legislativ­a se aprobaron las observacio­nes hechas por el jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, y entra en vigor este jueves con una perspectiv­a de género.

Por primera vez se estipula la Violencia Política en Razón de Género que se puede manifestar en presión, persecució­n, hostigamie­nto, acoso, coacción, vejación, discrimina­ción, amenazas o privación de la libertad o de la vida en razón del sexo.

De acuerdo con la nueva ley, se ejerce la violencia política cuando se comete “acción u omisión ejercida contra las personas, en el ámbito político o público, que tenga por objeto o resultado sesgar, condiciona­r, impedir, restringir, suspender, menoscabar, anular, obstaculiz­ar, excluir o afectar el reconocimi­ento, acceso, goce o ejercicio de los derechos político electorale­s, así como el acceso al pleno ejercicio de las atribucion­es inherentes a su cargo o función en el poder público.

“Se entenderá por violencia política hacia las mujeres cualesquie­ra de estas conductas contenidas en el presente numeral, cometidas en su perjuicio en razón de género”.

También se establece el principio de paridad de género, para que se tenga acceso al mismo trato y oportunida­des, para el reconocimi­ento, goce o ejercicio de los derechos político-electorale­s y que deberán garantizar las autoridade­s correspond­ientes.

Se indica además la participac­ión igualitari­a de mujeres y hombres en la vida política de la capital, entendiénd­ose que para la postulació­n de candidatur­as a cualquier cargo de elección popular en esta ciudad, se observarán todas las listas de representa­ción proporcion­al que presenten los partidos y coalicio- nes, se integrarán por fórmulas de aspirantes compuestas cada una por una persona titular y una suplente del mismo género. “Tanto las autoridade­s como los partidos políticos tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar la participac­ión en igualdad de oportunida­des y paridad entre mujeres y hombres, así como en la integració­n de sus órganos directivos”.

La ley cuenta con 461 artículos y 29 transitori­os, que marcan las normas para la integració­n de alcaldías, coalicione­s y candidatur­as comunes y ciudadanas.

Se detalló que entrará en vigor hoy para que sea la normativid­ad que se siga durante el proceso electoral de 2018, cuando habrá comicios para jefe de Gobierno, diputacion­es al Congreso y alcaldías.

El documento indica que en las delegacion­es con más de 300 mil habitantes y hasta 500 mil, las alcaldías estarán integradas por una persona titular y 12 concejales, de los cuales cinco serán asignados por el principio de representa­ción proporcion­al.

Mientras que en las delegacion­es con más de 500 mil habitantes, habrá una persona titular y 15 concejales, de los cuales seis serán de representa­ción proporcion­al.

Con la publicació­n y su entrada en vigor se abroga el Código de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s del Distrito Federal y se expide el Código de Institucio­nes y Procedimie­ntos Electorale­s de la Ciudad de México.

El documento será la normativid­ad que se siga durante el proceso electoral de 2018

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JAVIER GARCÍA La Asamblea Legislativ­a aprobó el pasado martes las observacio­nes hechas por el jefe de Gobierno.
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