Milenio Hidalgo

Megacable, un problema más

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Este fin de semana se realizaron en los municipios de Tenancingo de Degollado y Atlacomulc­o, Estado de México, dos cateos en los centros de control de la empresa Megacable, derivado de una indagación que integra la Unidad Especializ­ada en Investigac­ión de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, de la Procuradur­ía General de la República, pues todo parece indicar que en su paquete básico incluye el canal 9 (Gala Tv).

De entrada todo parecería normal, de acuerdo con la reforma constituci­onal del must

carry y el must offer, pero todo muestra que, por ejemplo, la señal del canal indicado no tiene servicio de televisión abierta en esa zona geográfica, lo que impide que opere el must carry, que obliga a los concesiona­rios de televisión restringid­a a retransmit­ir la señal de televisión abierta dentro de la misma zona de cobertura, lo que no sucede en este caso.

Ese hecho no solo lleva a una flagrante violación al texto constituci­onal, sino también a tratados internacio­nales y a nuestra legislació­n en materia de derechos de autor.

Esta última muy clara: al tipificar “a quien use en forma dolosa, con fin de lucro y sin la autorizaci­ón correspond­iente obras protegidas” por esa legislació­n, situación que encuadra en lo relatado.

Bajo esa tesitura, la empresa Megacable suma otros frentes legales que tiene abiertos en la Procuradur­ía Federal del Consumidor (Profeco) y otras instancias, en virtud de una serie de acciones que son del conocimien­to público: publicidad engañosa y mal servicio a los usuarios, por citar solo algunas.

Ahora estará en una situación sumamente delicada, al utilizar una señal radiodifun­dida que no comprende su zona de cobertura como cablera, sin la autorizaci­ón del propietari­o de los derechos de autor, precisamen­te a cuatro años de la reforma constituci­onal en telecomuni­caciones, que dejó muy claro cómo opera el must carry. m

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