AVALAN CÁRCEL POR CORRUPCIÓN
Hasta 8 años de prisión por actos ilícitos de servidores
Los diputados locales aprobaron que servidores públicos y particulares que cometan delito de corrupción en Hidalgo podrán ser castigados hasta con 8 años de cárcel, además del pago de multas económicas de hasta 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
De acuerdo con el Congreso, se aprobó clasificar estas acciones en “intimidación”, “tráfico de influencia”, “enriquecimiento ilícito” y “uso ilícito de atribuciones y facultades relacionado con particulares”.
Con la aprobación de las diferentes reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Hidalgo, se cierra el ciclo para la implantación del Sistema Estatal Anticorrupción, el cual inició con la fiscalización de los recursos y de los servidores públicos, prosiguiendo con la investigación para determinar faltas administrativas graves y no graves, informó el Poder Legislativo.
Estas reformas al Código Penal de la entidad, otorgan facultades a la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción, con herramientas legales para sancionar los hechos que atentan contra el debido y honesto ejercicio del servicio público, explicó en la lectura del dictamen el legislador panista, Miguel Ángel Uribe Vázquez.
Agregó que aquel servidor público que se le compruebe un hecho de corrupción, podrá recibir una suspensión, privación e inhabilitación de derechos, funciones, cargos, comisiones, empleos o profesiones; así como para participar en procedimientos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas y servicios relacionados con las mismas, o para obtener concesiones para la prestación de servicios públicos.
Asimismo, se sumó el título décimo sexto denominado “Delitos por hechos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares vinculados con estos hechos”, en el que se establece que las disposiciones de este título, serán aplicables al gobernador, diputados locales, magistrados y consejeros del Tribunal Superior de Justicia, del de Justicia Administrativa, Procurador de Justicia, consejeros electorales, magistrados electorales, ediles e integrantes de ayuntamientos.
También, cuando el responsable tenga el carácter de particular, el juez, además, deberá imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público.