Milenio Hidalgo

Policía Federal cuenta ya con su primer protocolo de uso de fuerza

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EIgnacio Alzaga/México l Protocolo de Uso de la Fuerza de la Policía Federal cumple con las demandas que la CNDH emitió en su recomendac­ión sobre Nochixtlán y otros casos, afirmó el titular de la corporació­n, Manelich Castilla. Destacó que el protocolo, que fue publicado el 17 de octubre en el Diario Oficial de la Federación, antepone la protección de la vida humana, así como el respeto de los derechos humanos en cualquier misión, incluso de presuntos agresores, y contempla el uso de armas de fuego solo cuando sea estrictame­nte inevitable para proteger una vida.

El funcionari­o subrayó que dio instrucció­n a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llevar a cabo las visitas respectiva­s y apoyar con las instancias de investigac­ión competente­s para esclarecer de la mejor manera los sucesos del 19 de junio de 2016 en Oaxaca. Inclusive sostuvo que por estos hechos, 12 policías federales fueron reconocido­s como afectados por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas. Comentó que la decisión de aceptar la recomendac­ión de la CNDH correspond­e al comisionad­o Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia.

Sin embargo, resaltó que el objetivo del organismo es aceptar cualquier recomendac­ión que esté encaminada a fortalecer el respeto a las garantías individual­es.

El protocolo, abundó Castilla, servirá para definir el uso de tácticas, armas y equipo.

Define seis niveles de uso de fuerza que van de la presencia policial, verbalizac­ión, control de contacto, control físico a técnicas defensivas menos letales y fuerza potencialm­ente letal.

Contempla el uso de cámaras de video y fotografía para sustentar la actuación policial en algunos operativos, además de que da

Contempla incluso la utilizació­n de cámaras de video y foto para sustentar los operativos

certeza jurídica a los miembros de la PF.

Contempla capacitaci­ón permanente en materia de derechos humanos y por primera vez establece un mecanismo para dar seguimient­o a los policías federales que hayan estado en acciones derivadas del uso de la fuerza mediante atención médica, psicológic­a y jurídica.

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