Recursos pueden revocar o modificar resoluciones
El recurso es un medio de impugnación que se interpone contra una resolución judicial para que ésta pueda ser modificada, revocada o anulada, explicó la magistrada Claudia Lorena Pfeiffer Varela.
La integrante de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo (TSJEH) dijo que el fundamento para recurrir está establecido tanto a nivel federal como en el ámbito local; así como en diversos instrumentos internacionales. “A nivel federal lo encontramos en el artículo 26 de la Constitución, el cual indica que ningún juicio general deberá tener más de tres instancias”, mientras que la Constitución local incluye el derecho a recurrir en su artículo cuarto, detalló.
En el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), las cinco partes legitimadas por la ley: el imputado, la defensa, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y el asesor jurídico, pueden recurrir una resolución emitida por un juez de control o tribunal de enjuiciamiento si no están conformes con ella y pretenden que sea subsanada mediante la impugnación correspondiente, ya sea a través de la apelación o la revocación, expuso la magistrada.
De acuerdo con Pfeiffer Varela, los principios que rigen los recursos se encuentran contemplados en Cinco partes pueden presentarlo. el artículo 20 apartado A, de la Constitución federal “Nos dice que el proceso penal será acusatorio y oral, y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación”.
La magistrada refirió que el Código de Procedimientos Penales clasifica los recursos en verticales y horizontales.