Congreso: en vías de cumplimiento
A14 días del plazo que fijó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que el Poder Legislativo emita una ley de propaganda gubernamental y cumpla así la sentencia de amparo, se encuentra en “vías de cumplimiento”. Recordemos que la SCJN valoró que la omisión legislativa en esta materia genera condiciones para un uso arbitrario y discrecional del gasto y reparto de la publicidad oficial, lo que puede constituir un mecanismo de censura indirecta.
Así, es importante conocer y analizar la minuta que tiene el Senado sobre lo que aprobaron los diputados, pues lo que se busca al descalificar el proyecto es el desacato y poner en jaque al Congreso.
Las críticas desconocen los beneficios y novedades de la minuta, aunado a que el cumplimiento de cualquier sentencia estará siempre sujeto a revisión de los tribunales, del mismo modo que la aplicación de la ley.
La minuta de la Ley General de Comunicación Social no solo tiene la bondad de cumplir con la sentencia de amparo de la SCJN; además, contiene previsiones que innovan en la materia; el proyecto de ley establece un mayor control, transparencia y revisión del gasto público en materia de propaganda gubernamental. Veamos algunos puntos.
Da uniformidad a las reglas de comunicación social para la Federación, estados y municipios, al dictar reglas específicas en materia presupuestarias y de fiscalización de esos recursos, crea un sistema público de seguimiento y de información que registrará y que podrá dar seguimiento al gasto que se realice: se conocerá mensualmente a quién, cuánto y cómo se gastó; no podrá haber gasto en propaganda a través de contratación de deuda; se aprovecha la experiencia institucional de la Secretaría de Gobernación y de las dependencias locales que han ejercido atribuciones en la materia, a fin de evitar crear nuevas burocracias.
Indudablemente es un avance que se da bajo figuras de política pública de carácter objetivo: programas, padrones, informes, reglas de transparencia y revisión, lo que asegura un mayor orden y control en el gasto de la propaganda gubernamental.
Hagamos a un lado las estridencias y las críticas sin sentido; no hay leyes perfectas e inmutables, la discusión se debe dar en torno a cómo cumplir con la sentencia y lo que ordena el artículo 134 constitucional; y este proyecto conjuga el respeto a dos derechos humanos: la libertad de expresión y el derecho a la información.
Tarde o temprano, la última palabra la tendrá nuevamente la SCJN.