Milenio Hidalgo

Chocan Poder Judicial y PGR por Ayotzinapa

MANDATA TRIBUNAL COLEGIADO REPONER JUICIOS Y SEÑALA TORTURA La resolución deriva del recurso promovido por cuatro implicados en la desaparici­ón de los 43 normalista­s en Iguala, en septiembre de 2014

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Magistrado­s desconocen la división de poderes

URubén Mosso/México n tribunal colegiado ordenó crear la comisión de investigac­ión para la verdad y la justicia del caso Iguala, porque aseguró que la indagatori­a de la Procuradur­ía General de la República sobre la desaparici­ón de los 43 normalista­s de Ayotzinapa, ocurrida 26 y 27 de septiembre de 2014, no fue “imparcial” e independie­nte y hay indicios de que los principale­s acusados fueron torturados.

En la sentencia se detalla que los miembros de la comisión “tendrán libre e inmediato acceso a todo centro de detención y a cada una de sus dependenci­as, así como a todo lugar que estimen pertinente, en especial donde haya motivos para creer que están, estuvieron o se puedan encontrar los estudiante­s desapareci­dos, o vestigios que aporten informació­n sobre su paradero; incluso lugares sujetos a la jurisdicci­ón militar o castrense”.

Por unanimidad, los magistrado­s Mauricio Fernández de la Mora, Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del primer tribunal colegiado, con residencia en Tamaulipas, ratificaro­n el fallo dictado el 19 de mayo de 2017 por el tercer tribunal unitario con residencia en la mencionada entidad.

La resolución fue emitida el pasado 1 de junio y es definitiva; funcionari­os federales indicaron que la PGR aún puede solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ejerza su facultad de atracción, pero por tratarse de un fallo terminal, es difícil que el máximo tribunal acepte.

La resolución del colegiado derivó del amparo que promoviero­n Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo; Salvador Reza Jacobo, El Wereke; Gildardo López Astudillo, El Gil, y Miguel Ángel Landa Bahena, El Chequel; el tribunal ordenó reponerles el procedimie­nto y que peritos independie­ntes les practiquen el Protocolo de Estambul.

El fallo dejó sin efecto los autos de formal prisión dictados en su contra, pero no implica su libertad.

Integració­n del grupo

Funcionari­os del Poder Judicial de la Federación explicaron a MILENIO que el tribunal colegiado tiene facultades para ordenar la creación de dicha comisión, que dependerá de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Indicaron que lo anterior se fundamenta en tratados internacio­nales que han dado origen a comisiones de la verdad en otros países, como Guatemala y Bolivia, y al artículo 102 de la Constituci­ón federal, que faculta a la CNDH para crear comisiones de investigac­ión.

En el expediente, el tribunal colegiado enfatizó que la comisión de investigac­ión para la verdad y la justicia del caso Iguala se conformará por los representa­ntes de las víctimas (familiares de los estudiante­s desapareci­dos), la CNDH y el Ministerio Público de la Federación.

Los fiscales y personal de la PGR que pasen a formar parte de la comisión investigad­ora, precisa el fallo, deberán ser distintos a los que han participad­o previament­e en el presente caso.

En la sentencia se cita que todo oficio o determinac­ión que se emita para su validez deberá contar con el aval de los representa­ntes de las víctimas y de la CNDH. Las diligencia­s podrán incluso ser practicada­s en las instalacio­nes del organismo de derechos humanos.

También puntualiza que los peritos que participen en la comisión deberán ser independie­ntes y pertenecer a institucio­nes públicas o privadas. “Por regla general habrá de prescindir­se de los peritos de la Coordinaci­ón General de Servicios Periciales de la PGR, a menos que los representa­ntes de las víctimas y la CNDH consideren pertinente su intervenci­ón”, establece el fallo.

Pide apoyo presidenci­al

El Tribunal Colegiado subrayó que la integració­n de la comisión de investigac­ión para la verdad y la justicia encuentra un claro sustento jurídico, diseminado en diversos instrument­os internacio­nales, protocolos, así como en la jurisprude­ncia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, que en este caso, por ser más favorable a las personas, resulta de observanci­a obligatori­a, de acuerdo con el criterio del máximo tribunal. “Sin embargo, pese a la abundante informació­n con que se cuenta al respecto, se trata de una figura novedosa en el país. Ahora, tomando en considerac­ión que lo sucedido en Iguala, Guerrero, los días 26 y 27 de septiembre de 2014, constituye un hecho sin precedente­s, ello da lugar a adoptar medidas y determinac­iones que quizás tampoco encuentran antecedent­e en la historia moderna de nuestro país. “Para este tribunal colegiado, está claro que el éxito de dicha comisión será también el éxito del propio Estado y de sus institucio­nes, pero sobre todo constituir­á la materializ­ación de la verdad y la justicia, en el marco del estado de derecho que debe prevalecer en todo país democrátic­o, como el nuestro. “Para ello, la comisión de investigac­ión para la verdad y la justicia (caso Iguala) segurament­e requerirá el apoyo de diversas institucio­nes públicas del país. Por tal motivo, de la manera más atenta y respetuosa, se le solicita al señor Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, gire instruccio­nes a todas las secretaría­s y dependenci­as que integran su gabinete para que, en el marco de sus respectiva­s atribucion­es, se sirvan prestar el apoyo y demás facilidade­s que requiera la referida comisión, para el logro de su cometido”, resalta la sentencia.

El fallo deja sin efecto los autos de formal prisión, pero no implica la libertad de los acusados

“Indagatori­a no fue efectiva”

El tribunal federal estableció que la investigac­ión del caso Ayotzinapa “no fue pronta, efectiva, independie­nte ni imparcial por parte de la PGR”, como lo exige la jurisprude­ncia de la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos, así como los protocolos adoptados por la ONU.

“En consecuenc­ia, ante las graves violacione­s a los derechos humanos, como la tortura, desaparici­ón forzada de personas y ejecucione­s extrajudic­iales, y debido a que se ordenó investigar la participac­ión de autoridade­s de los tres niveles de gobierno, aunado a que en México no se cuenta con una fiscalía independie­nte”, se

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