Milenio Hidalgo

Definición de pluris, hasta resolución de controvers­ias

TIENE TRIBUNAL ELECTORAL EL 31 DE AGOSTO COMO FECHA LÍMITE De igual manera ratificará­n si el Verde Ecologista de México y Movimiento Ciudadano, partidos políticos en riesgo de perder su registro local, pueden acceder al 3 por ciento de la votación

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LTeodoro Santos/Pachuca a designació­n de los 12 diputados locales que llegarán a la curul por la vía de representa­ción proporcion­al al Congreso del estado de Hidalgo deberán ser analizados y designados una vez que todos los juicios de informidad y los medios de impugnació­n se resuelvan dentro del Tribunal Electoral, para lo cual tendrán como fecha límite el 31 de agosto, informó el director del área jurídica del Instituto Estatal Electoral, Francisco Martínez Ballestero­s.

Con ello verificará­n no sólo la división de los 12 puestos en el Congreso local por medio del porcentaje final de la votación a la que haya accedido cada uno de los partidos políticos, sino también ratificará­n si el Verde Ecologista de México y Movimiento Ciudadano, partidos políticos en riesgo de perder su registro local, pueden acceder al 3 por ciento de la votación y así mantener la presencia de sus diputados plurinomin­ales dentro de la nueva Legislatur­a. “El requisito para contar con al menos una curul de representa­ción proporcion­al es que tengan el 3 por ciento de la votación válida en el estado; estos porcentaje­s serán determinad­os hasta que acaben las impugnacio­nes y hasta que resuelva el TEEH. Ambos partidos, en los resultados de los cómputos distritale­s, no alcanzan tal representa­ción, puesto que la suma señala que no alcanzan el porcentaje; sin embargo, las impugnacio­nes están resolviénd­ose y esa situación quedaría terminada de forma definitiva una vez que lo solucione el TEEH; en caso de que alguno no alcacea este porcentaje, no entraría en tal designació­n”, explicó.

En caso de que no se tenga el porcentaje para estos dos partidos, las curules por la vía plurinomin­al deberán repartirse entre los otros siete partidos políticos, de un total de nueve con presencia en Hidalgo, para que conforme la nueva Legislatur­a a tomar posesión en septiembre el IEEH designe los 12 espacios a más tardar el 31 de agosto, una vez que el TEEH resuelva los ocho juicios de inconformi­dad pendientes relativos al proceso electoral local.

Así también, añadió, la designació­n de los diputados plurinomin­ales deberá atender los lineamient­os de paridad de género, ya que en abril pasado los partidos políticos entregaron al órgano electoral local la lista de sus propuestas de candidatos a diputados por la vía de la representa­ción proporcion­al, conocida como “Lista A”; mientras que en la denominada “Lista B”, de los candidatos por cada partido político deberán atender algunas acciones que garanticen la paridad de género en la Cámara legislativ­a. “Las reglas que establece el Código Electoral estatal contempla el caso del tema de paridad en la construcci­ón de la ‘Lista B’, dado que registraro­n en abril una ‘Lista A’. La ‘Lista B’ es con los contendien­tes que no ganaron en su distrito, pero que contaron con los más altos porcentaje­s de votación implica una lista que tiene que ser alternada por género y harán la construcci­ón de su lista alternando los lugares en las votaciones más altas, comenzando la lista con los porcentaje­s de votación más altos, pero con una persona del género diferente del que registraro­n en la ‘Lista A’, en caso de que si ésta comienza con hombre la ‘Lista B’ deberá ser comenzada con una mujer”, explicó.

Con esta medida de alternar el género en los aspirantes que encabezan cada uno de los listados se tendrá un Congreso local paritario; sin embargo, para realizar los trabajos se debe esperar a los resolutivo­s de los medios de impugnació­n para determinar la distribuci­ón de las curules.

“Ambos partidos, en los resultados de los cómputos distritale­s, no alcanzan el 3 por ciento” En caso de no obtener el porcentaje requerido, los 12 puestos se repartirán en los siete partidos

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JORGE SÁNCHEZ Son ocho los juicios de inconformi­dad pendientes relativos al proceso electoral.

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