Ordena Tribunal Electoral el voto por voto en Puebla
También determinó que la cantante Belinda incumplió la prohibición prevista para los extranjeros de participar en actos proselitistas
de ello al considerar que la diferencia entre el primero (Martha Erika Alonso) y el segundo lugar (Miguel Barbosa) es de 4.04 por ciento.
Por su parte, el magistrado ponente, José Luis Vargas Valdés, evidenció la existencia de tres irregularidades fundamentales que generan dudas sobre la actuación de las autoridades y en consecuencia sobre los resultados de la elección. “En 13 distritos el total de las casillas cuya votación se ordenó recontar no coincide con las que finalmente fueron recontadas; en 9 distritos no se especifica las casillas recontadas ni sus resultados; y en 6 distritos no se asentaron los resultados de las casillas objeto de recuento”, detalló.
Ante este panorama, el magistrado Indalfer Infante consideró necesario el recuento de voto por coto para evitar dudas o sospechas de manipulación de resultados en una elección que tuvo un pequeño margen de diferencia entre el primero y segundo lugar. El Tribunal Electoral también determinó que la actriz y cantante Belinda incumplió la prohibición constitucional prevista para los extranjeros de participar en actos proselitistas.
En sesión pública los magistrados determinaron que la cantante incurrió en coacción al voto, derivado de la entrega de diversos artículos para el hogar en un evento proselitista en favor de los candidatos de la coalición Juntos Haremos Historia.
Por lo que al ser de nacionalidad española con permiso de migrante y residencia permanente en México está sujeta a los términos previstos en el artículo 33 de la Constitución, que prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en los asuntos políticos del país.
Al respecto, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello recordó que el 22 de junio de este año Belinda Peregrín Schüll, participó en un evento junto con el candidato a diputado federal Jorge Arturo Arguelles Victorero y Juan Ángel Flores Bustamante, quien fuera candidato a presidente municipal de Jojutla, quienes serán sancionados con 16 mil 200 pesos. El órgano jurisdiccional confirmó la sanción de 34.1 millones de pesos impuesta al partido Movimiento Ciudadano (MC) por alojar la información personal de más de 87 millones de ciudadanos en la plataforma Amazon.
En sesión pública, la sala superior avaló el proyecto de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, que incluía avalar las multas a los representantes del partido ante diversos órganos electorales por no actuar debidamente en el manejo y confidencialidad de los datos personales.
En 2016, el dirigente del partido reconoció que el padrón electoral fue almacenado por su partido en Amazon, luego de que Chris Vickery, un hacker estadunidense, notificó al INE que había encontrado en una nube de dicho servidor datos personales de mexicanos con libre acceso.
Tras conocer la información, la autoridad electoral corroboró que los datos efectivamente correspondían a un corte de información entregado al partido MC e inició una investigación a la par de denunciar el hecho ante la Fepade.
Ante este panorama la magistrada aseguró que la investigación realizada por el INE comprobó que el partido incumplió su obligación de conducirse conforme a una estricta confidencialidad, ya que la información que se le entregó era únicamente para consulta.
La diferencia entre Martha Erika Alonso y Miguel Barbosa es de solo 4.04 por ciento