Lo liberan tras audiencia oral; señalaban homicidio
No estaba debidamente sustentado en la imputación de la fiscal, a pesar de que había materia jurídica
Un juez de control de Tula ordenó, tras la audiencia inicial, la liberación de un hombre al reclasificar el delito de homicidio a lesiones por la mala formulación de la imputación por parte de la fiscal.
En la audiencia inicial por el caso, el juez Luis Raúl González determinó que el delito de homicidio calificado en grado de tentativa que se le imputó inicialmente al presunto responsable no estaba debidamente sustentado en la imputación por parte de la fiscal, a pesar de que había materia jurídica, por lo que lo reclasificó por el delito de lesiones en riña y vinculó a proceso al presunto.
Según se dio a conocer, el proceso derivó de un hecho registrado el 18 de febrero cuando una mujer denunció acoso sexual físico, presuntamente mientras viajaba a bordo del transporte público y al bajar de él.
Una vez que la afectada descendió de la unidad corrió hacia su casa para notificar a su familia del hecho.
Según se refirió, tras escuchar el relato de la mujer, su padre salió para encarar al supuesto responsable de los hechos. En ese encuentro, presuntamente el imputado sacó una navaja y agredió al padre de familia en cuatro ocasiones, incluso en el piso, por lo que un tío de la mujer sujetó al agresor para impedir que continuara con el padre.
En tanto, el presunto responsable negó que haya efectuado algún tocamiento en contra de la mujer, e indicó que pasaba frente a la vivienda de la mujer debido a que se encuentra en el trayecto hacia su vivienda.
Omisión de detalles
Juez refirió que la fiscalía no había efectuado de manera adecuada la imputación, pues no se había mencionado que el presunto responsable de la agresión había pretendido continuar su agresión cuando el padre de la mujer se encontraba en el piso.
Tampoco, dijo, se precisó que una tercera persona había intervenido para impedir más agresiones hacia el padre de familia.
El juez aseveró que si se hubieran incluido adecuadamente esos detalles en la causa penal 83/2020, la materia jurídica hubiera sido de utilidad para encuadrar el delito de homicidio calificado en grado de tentativa, pero reclasificó el delito.