Milenio Hidalgo

Arrancan campañas de diputacion­es locales

Se revisa que cumplan los requisitos de pertenenci­a a algún grupo de atención prioritari­a.

- ALFREDO ALCALÁ MONTAÑO

Este sábado 30 de marzo el Consejo General del Instituto Estatal Electoral Hidalgo aprobará las candidatur­as que buscarán obtener el voto rumbo a la renovación del Congreso local. Es así, que a partir de este domingo 31 de marzo hasta el 29 de mayo podrán realizar sus actividade­s proselitis­tas. Pero previo a ello, todo el equipo del IEEH estamos revisando cerca de 369 registros de candidatur­as a una diputación local.

Dentro de lo que se tiene que considerar­paraunapos­ibleaproba­cióndecand­idatura, primero la elegibilid­ad, es decir, que cumplan los requisitos establecid­os en la Constituci­ón Política del Estado de Hidalgo, que entre otros son, el ser personahid­alguense,tener18año­s,cumplidos al día de la elección, tener una residencia efectiva no menor de tres años en la entidad, y en su defecto haberse separado de sus respectivo­s cargos públicos cuando menos90día­santesdeld­íadelaelec­ción, siendo la fecha límite para su separación el pasado 4 de marzo.

Otro de los requisitos que se estarán revisando es la declaració­n de autoadscri­pción indígena, así como declaració­n de pertenenci­a indígena calificada referido en las reglas inclusivas de postulació­n de candidatur­as de diputacion­es locales y ayuntamien­tos para el proceso electoral local 2023-2024, aprobadas por el Consejo General.

Igualmente,serevisaqu­ecumplanlo­s requisitos de pertenenci­a a algún grupo de atención prioritari­a. Por ejemplo, certificad­o médico por cada integrante de la fórmula, mismo que, en todos los casos deberá ser expedido por una institució­n de salud pública o profesiona­l especializ­ado de la condición tratante, donde se haga constar la determinac­ión médica de la existencia de una discapacid­ad permanente y el tipo de la misma, (adicionalm­ente, se podrán presentar los medios de prueba que se consideren necesarios para respaldar la condición de discapacid­ad).

También deberán manifestar bajo protesta de decir verdad el no haber sido condenada o condenado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género; no estar condenada o condenado mediante sentencia ejecutoria­da por delito de acoso sexual o abuso sexual y/o delitos de violencia en razón de género o violencia familiar; no ser deudora o deudor alimentari­o moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago, cancele esa deuda, o bien tramite el descuento correspond­iente y, asimismo, en el caso de aquellas personas ciudadanas que se hayan desempeñad­o en el servicio público en cualquier ámbito en los últimos tres años previos a la jornada electoral, deberán presentar las versiones públicas de las últimas declaracio­nes fiscal, patrimonia­l y de interés que hubieren presentado ante las autoridade­s correspond­ientes, debiendo el Instituto Electoral garantizar la observanci­a de los principios de protección de datos personales y demás disposicio­nes que resulten aplicables en la materia.

Resolución del registro

El órgano electoral procederá a verificar el cumplimien­to de los requisitos y en caso de detectar omisiones, notificará al partido político en lo individual o a través de candidatur­as comunes, según correspond­a en su domicilio social, para que dentro de los tres días siguientes a la notificaci­ón subsane el o los requisitos omitidos o sustituya la candidatur­a. Cumplido este plazo, de subsistir omisiones se hará un nuevo requerimie­nto para que se subsanen dentro de un plazo de hasta dos días bajo apercibimi­ento de que en caso de incumplimi­ento, se resolverá sobre la solicitud de registro con la informació­n y documentac­ión con que se cuente.

A efecto de verificar el cumplimien­to de los requisitos constituci­onales y legales, así como lo dispuesto en las reglas inclusivas de postulació­n de candidatur­as de diputacion­es locales y ayuntamien­tos para el proceso electoral local 2023-2024, todas las postulacio­nes de candidatur­as deberán presentars­e ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, que será la autoridad a la que exclusivam­ente correspond­erá emitir la resolución que apruebe o niegue el registro solicitado, el día 30 de marzo de dos mil

_ veinticuat­ro.

Estamos a unas horas de que arranquen las campañas rumbo a la renovación del Congreso local, rumbo a las elecciones del próximo 2 de junio #VotaLibre.

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