Avala SCJN retiro de jueces a los 65 años
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que los jueces de primera instancia en el estado de Tlaxcala pasen al retiro tras haber cumplido 65 años de edad.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad en la que demandó anular el artículo 84 de la constitución tlaxcalteca, al considerar que viola el principio de igualdad por establecer un trato discriminatorio en razón de la edad, toda vez que la remoción de los jueces no tiene una justificación razonable, lo que a su vez, restringe la libertad de trabajo.
Sin embargo, bajo propuesta del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, el precepto fue validado por el Pleno de la Corte, tras considerar que no es una restricción desproporcionada al derecho de igualdad y no discriminación ni vulnera la libertad del trabajo.
El artículo impugnado realiza una distinción entre dos grupos: los jueces de primera instancia
Para la CNDH, la medida establece un trato discriminatorio por razón de la edad
menores de 65 años y los que hayan cumplido esta edad.
Los primeros solo pueden ser removidos por faltas de probidad y honradez, mala conducta, negligencia en el desempeño en sus labores, condena mediante sentencia ejecutoriada en juicio de responsabilidad, jubilación o renuncia, o por la aceptación de otro empleo de la Federación, estados, municipios o particulares. Mientras que los segundos podrán ser removidos del cargo, además, por haber alcanzado la edad de 65 años.
Los ministros consideraron que la norma cumple con el requisito de adecuación estrecha, siempre y cuando se interprete en el sentido de que establece del retiro forzoso de los jueces de primera instancia a los 65 años por ministerio de ley.