Vinculan a proceso a militar por homicidio
Un tribunal federal vinculó a proceso al sargento José “N” que presuntamente mató a Paulino Martínez Silva, El Pavis o El Pavín, el pasado 3 de mayo en Palmarito Tochapan, municipio de Palmar de Bravo, Puebla, primo de Antonio Martínez Fuentes, El Toñín, identificado como el líder de la banda de huachicoleros en esa región. Ante esta situación, la defensa del militar adelantó que interpondrá un amparo.
La vinculación a proceso contra el militar es por su probable responsabilidad en el delito de homicidio calificado, acto ilícito que supuestamente cometió tras un enfrentamiento entre elementos del Ejército y huachicoleros, que dejó un saldo de cuatro soldados y seis civiles muertos.
La PGR apeló el pasado 27 de junio, la resolución del juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Puebla, quien el 7 del mismo mes ordenó la libertad del soldado, luego de que no admitió como prueba un video que presentó el Ministerio Público federal.
En dicho video, que circuló en redes sociales, presuntamente se aprecia cómo el sargento dispara contra El Pavis, después de que un soldado fue asesinado por la espalda por otro criminal.
El agente del MP se quejó de que el auto de vinculación debió darse con los indicios, además de que la prisión preventiva era para el perfeccionamiento de la investigación.
El pasado 30 de junio, el magistrado del segundo tribunal unitario del sexto circuito determinó que hay elementos para procesar al sargento por el delito de homicidio calificado y, por ende, lo vinculó a proceso. El sargento permanece en prisión militar, donde enfrenta un proceso por deserción. Cuenta con un defensor de oficio de la Sedena, solo por lo que hace al delito de deserción, mientras que por el de homicidio que le impia la PGR, lo representa el abogado Alejandro Robledo. Funcionarios federales explicaron que el magistrado consideró que el juez de control no interpretó correctamente el Código Nacional de Procedimientos Penales con relación a la Constitución, puesto que los datos presentados en la audiencia sí sustentaron probable existencia del hecho señalado de homicidio, y el juzgador no se ajustó a las reglas de sana crítica.
Asimismo, Santos basó su fallo en una jurisprudencia que establece que no es necesario acreditar el cuerpo del delito en el momento inmediato (elementos subjetivos y normativos), y justificar la probable responsabilidad del inculpado.