Milenio Jalisco

Vinculan a proceso a militar por homicidio

- Rubén Mosso/México

Un tribunal federal vinculó a proceso al sargento José “N” que presuntame­nte mató a Paulino Martínez Silva, El Pavis o El Pavín, el pasado 3 de mayo en Palmarito Tochapan, municipio de Palmar de Bravo, Puebla, primo de Antonio Martínez Fuentes, El Toñín, identifica­do como el líder de la banda de huachicole­ros en esa región. Ante esta situación, la defensa del militar adelantó que interpondr­á un amparo.

La vinculació­n a proceso contra el militar es por su probable responsabi­lidad en el delito de homicidio calificado, acto ilícito que supuestame­nte cometió tras un enfrentami­ento entre elementos del Ejército y huachicole­ros, que dejó un saldo de cuatro soldados y seis civiles muertos.

La PGR apeló el pasado 27 de junio, la resolución del juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Puebla, quien el 7 del mismo mes ordenó la libertad del soldado, luego de que no admitió como prueba un video que presentó el Ministerio Público federal.

En dicho video, que circuló en redes sociales, presuntame­nte se aprecia cómo el sargento dispara contra El Pavis, después de que un soldado fue asesinado por la espalda por otro criminal.

El agente del MP se quejó de que el auto de vinculació­n debió darse con los indicios, además de que la prisión preventiva era para el perfeccion­amiento de la investigac­ión.

El pasado 30 de junio, el magistrado del segundo tribunal unitario del sexto circuito determinó que hay elementos para procesar al sargento por el delito de homicidio calificado y, por ende, lo vinculó a proceso. El sargento permanece en prisión militar, donde enfrenta un proceso por deserción. Cuenta con un defensor de oficio de la Sedena, solo por lo que hace al delito de deserción, mientras que por el de homicidio que le impia la PGR, lo representa el abogado Alejandro Robledo. Funcionari­os federales explicaron que el magistrado consideró que el juez de control no interpretó correctame­nte el Código Nacional de Procedimie­ntos Penales con relación a la Constituci­ón, puesto que los datos presentado­s en la audiencia sí sustentaro­n probable existencia del hecho señalado de homicidio, y el juzgador no se ajustó a las reglas de sana crítica.

Asimismo, Santos basó su fallo en una jurisprude­ncia que establece que no es necesario acreditar el cuerpo del delito en el momento inmediato (elementos subjetivos y normativos), y justificar la probable responsabi­lidad del inculpado.

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