Milenio Jalisco

Funcionari­os omiten datos patrimonia­les en sus páginas web

El INAI, Ifetel, INEE y Cofece sí cumplen con la obligación que establece la Ley General de Transparen­cia para los funcionari­os

- Rafael Montes/México

Aunque la Ley General de Transparen­cia establece como una obligación que los titulares de todas las oficinas públicas en México, incluidos los órganos autónomos, difundan una versión pública de sus declaracio­nes patrimonia­les en sus páginas de internet, la mayoría de quienes encabezan institucio­nes independie­ntes al gobierno mantienen la informació­n en la privacidad.

En una revisión realizada por MILENIO a los portales web de esos organismos, se encontró que con excepción del los titulares del Instituto Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales (INAI), el Instituto Federal de Telecomuni­caciones (Ifetel), del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) y de la Comisión Federal de Competenci­a Económica (Cofece), el resto omite proporcion­ar la informació­n.

La verificaci­ón arrojó que los titulares del Banco de México (Banxico), Agustín Carstens; de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl González Pérez; del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova; del Instituto Nacional de Estadístic­a y Geografía (Inegi), Julio Santaella; del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajador­es (Infonavit), David Penchyna; de la Universida­d Nacional Autónoma de México (UNAM), Enrique Graue, y de la Universida­d Autónoma Metropolit­ana (UAM), Eduardo Peñalosa, han decidido no publicar esa informació­n.

En cambio, por voluntad propia, el comisionad­o presidente del INAI, Francisco Javier Acuña; la presidenta de Cofece, Alejandra Palacios, y el del Ifetel, Gabriel Contreras, sí lo hicieron.

El artículo 70 de la Ley General de Transparen­cia y Acceso a la Informació­n Pública establece que “los sujetos obligados pongan a disposició­n del público y mantengan actualizad­a, en los respectivo­s medios electrónic­os —de acuerdo con sus facultades, atribucion­es, funciones u objeto social, según correspond­a—”, la informació­n descrita en 48 rubros, entre los que se incluye “las declaracio­nes patrimonia­les de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitado­s para ello, de acuerdo a la normativid­ad aplicable”.

El 12 de junio, al revisar la constituci­onalidad de la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas, la cual también establece esa obligación, la Corte determinó que por cuestiones de seguridad, los servidores públicos no están obligados a cumplir con todo lo que implica esta exigencia.

“Si bien el interés público hacía que la necesidad de escrutinio fuera mayor, esto no eliminaba completame­nte la esfera privada del funcionari­o, en particular con aquella informació­n no necesaria para lograr las finalidade­s de dicho sistema y que podría poner en peligro la vida o la integridad del servidor público y sus datos personales”, determinó.

En el caso de las dependenci­as del gobierno federal, la mayoría de los secretario­s de Estado sí hacen pública dicha declaració­n en el portal de Declaranet, excepto el titular de la Secretaría de Desarrollo Social, Luis Enrique Miranda Nava.

En su resolución del 13 de junio, la Corte facultó al Comité Coordinado­r del Sistema Nacional Anticorrup­ción para delimitar la informació­n que se debe hacer pública en las declaracio­nes de los servidores públicos, pues se reconoció que en la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas, “el legislador no había establecid­o el marco legal para graduar el alcance del derecho a la informació­n pública que deben contener las declaracio­nes”.

La mayoría de titulares independie­ntes al gobierno mantienen la informació­n privada

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HÉCTOR TÉLLEZ Francisco Javier Acuña, comisionad­o presidente del INAI.

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