La corrupción, base del desarrollo urbano
En octubre de 2015, el Congreso del Estado hizo una importante reforma al Código Urbano con el objeto de “limarle las uñas” al Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco (TAE). Modificó el artículo 400 de este Código a efecto de que las resoluciones del TAE no pudieran “tener como consecuencia la autorización para ejecutar una acción urbanística que contravenga los programas y planes de desarrollo urbano vigentes”. En ese mismo artículo se estipuló que tanto las suspensiones como las sentencias definitivas de este Tribunal –tan cuestionado- no podrían “determinar la improcedencia de la aplicación de los programas y planes de desarrollo urbano vigentes”. Un claro revés para los ‘negocios’ de los dos magistrados “suertudos” del TAE.
La anomia, que se caracteriza por la trasgresión sistemática de las normas jurídicas y éticas -según el sociólogo francés Emile Durkheim–, y que alimentan ahora los ayuntamientos, provocó que una legislación de avanzada tuviera una respuesta… ¡abiertamente retrograda!. Con especial tino, Rodrigo Borja, en su Enciclopedia de la Política, señala que en circunstancias de anomia “la disciplina social se relaja. Cada quien hace lo que quiere”. De esta manera, el 29 de febrero de 2016, el Ayuntamiento de Guadalajara aprobó por unanimidad el ‘Reglamento de Compensación, Indemnización o Mitigación por Acciones Urbanísticas’. El pomposo nombre para este Reglamento, en los hechos, tenía un solo fin: legalizar las construcciones ilegales [antes avaladas por el TAE]. A través de este absurdo e ilegal reglamento, se informó que un total de 80 torres construidas deliberadamente fuera de norma en La Capital, podrían “regularizarse”. El pasado 8 de abril (2017),
Mural consignó que 38 “torres chuecas” habían sido “enderezadas” (regularizadas) a través de este perjudicial reglamento.
Por si fuera poco, el pasado 31 de julio, Mural publicó otra interesante nota [“Hallan modo para hacer más torres”], en donde señala que las “torres chuecas” son aprobadas de manera sumaria en el pleno de los regidores a través de recursos de apelación, un procedimiento que consiste en –OJO– solicitar un permiso [por parte de los desarrolladores corruptores] para construir con base en los nuevos Planes Parciales, impugnados en 2015, pero que permiten edificios de hasta 20 niveles. Permiso para violar los planes vigentes. De acuerdo a Mural, “según cifras del Ayuntamiento tapatío, durante 2016 se validaron 87 torres de departamentos, y en lo que va de este año ya son 20”. En este y muchos ejemplos queda claro que 1) la Ley no es autómata, su vigencia es un asunto de voluntad y no de enunciados grandilocuentes en la Norma; y 2) ante la ineludible “incompletitud” que advierte la ley, resulta evidente que cualquier reforma que implique el acotamiento de un órgano en alguna materia, siempre tendrá una fórmula de evasión para quien no esté dispuesto a respetarla. De ahí la importancia de la sociología jurídica, y del término acuñado por Durkheim: el Estado de Derecho –entendido como la sujeción absoluta de gobernantes y gobernados al imperio de la Ley– no es producto de reformas o innovación institucional, sino de respeto social a la norma vigente. El dictamen de reforma de la comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, con motivo de las recientes adecuaciones que tienen por objeto armonizar el entramado legal con el Sistema Estatal Anticorrupción, limitó nuevamente al TAE, al modificar la estructura y funcionamiento de la ‘afirmativa ficta’, el método por antonomasia que sirvió para emitir resoluciones que resultaron a todas luces injustas y nocivas para la comunidad, pero muy apegadas a derecho, según los dos ‘suertudos’ del TAE. Aún así, parecen insuficientes las reformas que se han hecho para acotar el margen de acción del TAE, cuando la distintiva anomia que define el actuar de los gobiernos metropolitanos se advierte omnipresente. De tal forma que surgen nuevos actores institucionales dispuestos a asumir el papel de aquel Tribunal enemigo de la ciudad: el de pasarse por el “arco del triunfo” los Planes Parciales de Desarrollo a través de argucias jurídicas, para legalizar, lo que es ilegal, ahora desde el pleno del Ayuntamiento. La corrupción, como base del desarrollo urbano.