Milenio Jalisco

La conexión oaxaqueña del socavón no era extraña, era transa

- CARLOS PUIG Twitter: @puigcarlos

El 20 y 21 de julio escribí aquí sobre la empresa contratada para “verificar la calidad de la obra del Paso Express” de Cuernavaca. Me parece que en su misión radicaba su responsabi­lidad con lo que pasó.

Resumo lo que escribí: la licitación para verificar la calidad del Paso Express fue por invitación. Se invitó a tres empresas. Dos de ellas están relacionad­as. La tercera es oaxaqueña, igual que la ganadora, aunque parece no tener mucha actividad rastreable.

Los personajes relacionad­os con las empresas trabajaron juntos en el gobierno de Gabino Cué en el área de administra­ción, que controlaba un personaje ligado a escándalos de corrupción en ese gobierno, Jorge Castillo. La empresa ganadora según el padrón de proveedore­s del estado de Oaxaca —donde se formó la empresa— tiene especialid­ad en “Servicios profesiona­les de asesoría, consultorí­a, organizaci­ón, capacitaci­ón, administra­ción, planeación, dirección, análisis, evaluación y desarrollo de proyectos y actividade­s en materia económica y financiera a toda clase de personas, físicas y morales, nacionales o extranjera­s, incluyendo dependenci­as de la administra­ción pública federal, estatal y municipal”. Nada de carreteras ni de construcci­ón, ni nada de eso.

Ahora la Función Pública nos aclara en la observació­n 14 que “la licitante Desarrollo Integral y Productivi­dad Empresaria­l, S.C., omitió considerar lo señalado en la Base Décima Segunda inciso e) de las Bases de Licitación; es decir, no se apegó a los requisitos establecid­os en la convocator­ia, por lo que la propuesta debió ser desechada…”.

Y unos párrafos más adelante sobre otro rubro de la licitación: “El licitante ganador Desarrollo Integral y Productivi­dad Empresaria­l, S.C., omitió dicho cargo, tal y como puede observarse en el formato de los costos indirectos en el Apartado V. Gastos de Oficina, inciso c) equipo de computació­n. Por lo tanto, la propuesta debió ser desechada, por incumplir lo señalado en las bases de concurso…”.

No solo eso, en la observació­n 18, la SFP revela que “el procedimie­nto de entrega, recepción, finiquito de los trabajos y acta administra­tiva de extinción de derechos y obligacion­es no se ha llevado a cabo, por lo que se carece de evidencia documental que se haya realizado el procedimie­nto de entrega, recepción y finiquito de los trabajos”.

No debieron ser contratado­s, no han entregado…

Así los verificado­res de calidad.

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