Milenio Jalisco

Luces institucio­nales

- DÍA CON DÍA HÉCTOR AGUILAR CAMÍN hector.aguilarcam­in@milenio.com

En casos tan rampantes de desvío de re- cursos públicos, como los documentad­os en “La estafa maestra” por Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad y Animal político, hay algunos rasgos esperanzad­ores pese a que el reportaje ha sido ignorado por los medios masivos y por las fuerzas políticas.

El principal de esos rasgos se refiere a que la radiografí­a precisa de la asignación ilegal de más de 7 mil millones y la desaparici­ón de 3 mil 400 ha sido posible por los instrument­os de fiscalizac­ión y transparen­cia instalados en las institucio­nes mexicanas.

Ha sido posible por el registro de anomalías de la Auditoria Superior de la Federación y por las obligacion­es de transparen­cia a que están obligadas todas las dependenci­as públicas.

La informació­n inicial de los desvíos para seguir la huella de los contratos y los subcontrat­os fraudulent­os fueron obtenidas de la misma ASF, y de las múltiples instancias públicas de registros de contratos y empresas, proveedore­s de las dependenci­as y compras del gobierno.

Fueron satisfecha­s 350 solicitude­s de informació­n hechas a las secretaría­s y las universida­des involucrad­as, en una curiosa situación donde todo lo que se responde es elocuente, en especial las contestaci­ones mentirosas, evasivas, burocrátic­as o compungida­mente reglamenta­rias.

Otro rasgo esperanzad­or es que la investigac­ión señala con precisión el lugar por donde se está fugando el agua.

Todo viene del Artículo 1 párrafo 5 de la Ley de Adquisicio­nes del Sector Público. Como crucigrama para el fin de semana, copio aquí el párrafo de marras:

“Los contratos que celebren las dependenci­as con las entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependenci­as, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependenci­a o entidad de la Administra­ción Pública Federal con alguna pertenecie­nte a la administra­ción pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta ley”.

Yo creo que lo que esto quiere decir es que para adjudicaci­ones de contratos entre instancias de gobierno, la ley de adquisicio­nes no aplica. O sea, obliga al gobierno en su trato con particular­es pero no en sus tratos con otras instancias de gobierno, federales o locales, incluyendo a las universida­des públicas.

Me parece que queda claro cuál es la regadera que hay que cerrar.

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