Peritos, legislación impostergable
E n el mes de noviembre publique en un conocido semanario estatal la necesidad de que en nuestro Estado se legislara en materia de Peritos oficiales y el Diputado Saúl Galindo Plazola, en su carácter de Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado mostro gran interés en el tema, por lo que más me duele su asesinato, espero que pronto se haga justicia, ya que me demostró ser alguien verdaderamente preocupado por mejorar el deteriorado “estado de derecho” en Jalisco. Descanse en paz. Espero que los demás integrantes de la Comisión y el resto de diputados, (los no chapulines), atiendan el tema al que me vuelvo a referir, sin antes externar, que no es para molestar a los señores Jueces, además nadie los acusa de corruptos, pero hay hechos que se deben regular aunque les duela a muchos por la seguridad jurídica del justiciable.
Decía yo que uno de los temas que el Congreso del Estado nos queda a deber, es precisamente la modificación de las leyes procesales del Estado relativas al actuar de los peritos oficiales en los juicios que se substancian en lo que llamamos el “fuero común” esto es, ante los juzgados o tribunales estatales a lo largo y ancho de Jalisco cuando se requiera la intervención de profesionistas o personas autorizadas para el ejercicio profesional en los negocios del orden civil, mercantil, fiscal, laboral o penal.
Ello implica un alto costo para los justiciables, a pesar de que la justicia debe ser pronta, expedita y gratuita. El costo de las periciales incrementa, substancialmente esto, innecesariamente. Los jueces utilizan recurrentemente para descubrir la verdad, “la prueba pericial”, necesaria cuando las cuestiones del negocio debatidas requieren conocimientos técnicos, científicos, y especializados en cualquier rama del saber.
Nuestros Códigos de Procedimientos equivocadamente, contemplan la necesidad de utilizar, prácticamente en todos los casos un perito designado por el juez, el cual por cierto, debe ser designado, de la lista de peritos que cada año da a conocer el Consejo de la Judicatura del Estado (de la que soy parte).
En el caso de utilizar peritos oficiales o terceros, la remuneración de estos está contemplada en una disposición completamente obsoleta, me refiero a la “Ley que establece la remuneración de los auxiliares en la administración de la justicia”, misma que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco con fecha 28 de julio de 1977, la cual ha pasado a ser letra muerta ya que incluso con apoyo de varias tesis de Tribunales Federales la misma se ha dejado, indebidamente, de aplicar.
Recordemos que posterior a la promulgación de dicha ley se emitió aquel famoso decreto que ordenaba quitar tres ceros a cualquier cantidad señalada, por eso se hablaba de “viejos y nuevos pesos”, por lo que ahora la aplicación estricta de la norma implica pagos altísimos al perito tercero y sí la parte que ofrece la prueba no deposita previamente al desahogo de la misma los honorarios de dicho perito, pierde la oportunidad de dicha prueba.
Insisto, urge legislar en nuestro Estado en el tema de la remuneración de los peritos oficiales, pero además reformar las leyes procesales para que el nombramiento de perito tercero solo sea necesario cuando los peritos de las partes difieran sustancialmente en sus opiniones técnicas, más no en todos los casos, como actualmente ocurre, obligando a la parte que ofrece la prueba pericial a pagar, sin que se justifique, los honorarios de dos peritos distintos.
El Congreso del Estado debe eliminar de tajo, la posibilidad de que sea el propio juez o magistrado, el que nombre al perito, (existen experiencias muy enriquecedoras en otros estados), ya que esto se ha prestado, afortunadamente, en no muchas ocasiones, a componendas de algunos secretarios con peritos, según cuentan en “radio pasillo”, donde a cambio de una “comisión” siempre son nombrados los mismos peritos en todos los asuntos de determinados juzgados. Entramos a la era “anticorrupción” debemos instrumentar medidas para evitar, de ser cierto esto, que se sigan presentando este tipo de faltas graves.
En otra entrega comentaremos la necesidad de implementar también una central única de notificadores.
Lo más curioso del tema es que las organizaciones y Colegios de abogados han guardado, durante años, un silencio absoluto al respecto, pareciera que no les importa, ¿Qué van a proponer?